El Consejo de Ministros aprobó en abril del 2005 el Real Decreto sobre Especialidades de Enfermería, por el que se aprueba que estos profesionales puedan formarse --al estilo de la residencia tipo MIR-- en siete especialidades: dos ya existentes, la enfermería obstétrico-ginecológica o matronas y la de salud mental, y otras cinco nuevas, enfermería geriátrica, del trabajo, de cuidados médicos-quirúrgicos, familiar y comunitaria y pediátrica. Hasta ahora, sin embargo, solo se convocan plazas para las dos primeras, ya que el resto no están desarrolladas, si bien en la que más se ha avanzado es en enfermería familiar y comunitaria.

Por otro lado, cabe destacar que entre todas las ramificaciones permitidas no se incluyen aquellos servicios donde el enfermero debe disponer --y ya dispone en la actualidad-- de notable experiencia, como son las unidades de cuidados intensivos, lo quirófanos de cirugía cardiaca, los de neurocirugía y los del aparato digestivo, entre otros, como demanda parte del sector.