Han pasado 50 años desde que el norteamericano James Watson descubriera la estructura del ácido desoxirribonucleico (ADN), que le hizo acreedor del Premio Nobel. Pese a su eficacia en la resolución de crímenes, como el del polígono El Nevero de Badajoz o los recientes asesinatos de las jóvenes malagueñas, hoy sólo es válido si el acusado accede voluntariamente a hacerse la prueba ante un juez.

El Ministerio de Justicia ha presentado una iniciativa en el Senado para que los jueces puedan obligar a los acusados de delitos graves a someterse a la prueba de ADN. La reforma legalizaría las muestras obtenidas sin el consentimiento del sospechoso o antes de efectuarse la detención. Es el caso de Tony Alexander King, a quien la policía requisó, entre otros objetos, una colilla para poder obtener su ADN y poderlo cotejar con su base de datos. Ello permitió determinar que King cometió supuestamente el asesinato de Sonia Carabantes y que, al menos, estuvo en el lugar donde falleció Rocío Wanninkhof.

Ante las evidencias, la policía le detuvo. Sin embargo, se vio obligada a repetir las pruebas obtenidas en su casa --unos calzoncillos--. Esta segunda prueba será la válida, pese a no contar con el consentimiento del acusado, ya que se hizo con la autorización del juez y sin necesidad de obtener muestras biológicas directamente de su cuerpo. Desde la Policía Científica de Badajoz aseguran que si el detenido se niega y el juez lo autoriza existen muchas formas de obtener el ADN, por ejemplo en un registro domiciliario, tomando muestras de ropa usada, pelos, etc.

Pero los juristas advierten de que la iniciativa del Ministerio de Justicia puede colisionar con el artículo 24 de la Constitución, ya que si un imputado tiene derecho a no declarar contra sí mismo, a no confesarse culpable y a la presunción de inocencia, ¿puede ser obligado a hacerse la prueba del ADN? Además, durante un juicio el abogado defensor incidirá en que se demuestre que los objetos utilizados para tomar las muestras pertenecen al acusado.