No me atrevo a pensar, qué hubiera pasado, sí en el artículo 40 de la Constitución Española, no se hubiera incluido el mandato a los poderes públicos, para poner en marcha políticas de pleno empleo.

Además, para su consecución, el Tribunal Constitucional, da poderes al legislador, para utilizar la jubilación forzosa de un grupo de trabajadores, y así garantizar el trabajo de otros tantos que se encuentran en un aprovechable dinamismo laboral.

Es obvio el estrepitoso fracaso con el que los poderes públicos se han enfrentado a la consecución del pleno empleo. El insostenible porcentaje de población desempleada, está clamando a sus políticos (de una vez para siempre) que, antes de hacer cambios partidistas y nacionalistas en la Constitución, cumplan a rajatabla sus ineludibles obligaciones para con ella, y así dignificar el derecho al trabajo de todos los españoles.

Después, y por este orden, deberían abordarse cambios en las leyes electorales. Para acabar con injustas ventajas, que favorecen a sistemas de dudosa mayoría participativa. Por otro lado, las jubilaciones forzosas que el Tribunal Constitucional ponía en manos de los legisladores como alternativa del pleno empleo en el mercado laboral, han resultado, como siempre, aprovechadas por las alimañas que se benefician de las rendijas olvidadas cuando se promulgan las leyes.

Cuánto sinvergüenza ha hecho caja a costa de expedientes de regulación de empleo, basados en hipotéticas mejoras de mercado, en favor de su lucro personal. Se han prejubilado a miles de personas, arruinando así las arcas del Estado, y hundiendo definitivamente las tasas por desempleo. El paro continúa en alza. La deuda del Estado cada vez es mayor. Los Bancos arrancan de cuajo las raíces de las familias con los desahucios. Las personas acaban con su vida, porque alguien no afina en la aplicación de los designios constitucionales. Y aquí paz y después gloria. ¡Ay, si la Constitución tuviera la palabra de viva voz!