El bautismo es para siempre. Así lo entiende el Tribunal Supremo, que en una sentencia ha determinado que los libros de bautismo no deben ser considerados ficheros de datos en los que se puedan añadir anotaciones de cancelaciones de inscripción en la Iglesia católica. Con esta decisión, el Tribunal Supremo ampara al Arzobispado de Valencia, que se negó a atender la petición de un ciudadano de que se apuntara en su partida de bautismo su apostasía o negación de la fe cristiana recibida en este sacramento.