El equipo de gobierno de Villanueva de la Serena presentó ayer una propuesta que llevará al próximo pleno y que consistirá en reducciones en el Impuesto de Bienes Inmuebles para familias numerosas del municipio, incluidas las de las tres entidades locales de Valdivia, Zurbarán y Entrerríos.

En concreto, se trata de una bonificación del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), conocido popularmente como la contribución, y que oscila entre el 30% hasta el 75%, en función de si es familia numerosa general o especial, además de tener en cuenta el valor catastral de la vivienda.

Estas medidas, que se aprobarán en pleno el jueves 26, según tiene previsto el gobierno municipal, han sido presentadas por el alcalde de Villanueva, Miguel Ángel Gallardo, acompañado por los alcaldes de Valdivia y Zurbarán, Diego Corraliza y Víctor Jiménez.

Para muchas personas, explica el alcalde, va a ser una actuación importante y que será beneficiosa para sus economías domésticas. Además, afecta no solo a aquellas personas que son vulnerables, sino a muchas familias de clase media. Con esta acción, añade, «muchos ciudadanos van a estar mejor protegidos y mejor acogidos por el ayuntamiento. Se trata de una medida compensatoria más y es fruto de la escucha activa que el gobierno tiene hacia los ciudadanos y colectivos; ya que han sido muchas las familias que han pedido algún tipo de medida en este sentido”.

Esta medida ya se aplicará a partir de enero de 2018, y es una reducción que habrá que solicitar anualmente por parte de los interesados. En el caso de la bonificación del próximo año, se podrá solicitar hasta el 31 de enero, una vez se apruebe de forma definitiva esta medida.

Por lo que respecta a las deducciones en el impuesto, señalar que para familias de carácter general la bonificación será del 50% en el pago del IBI, si su vivienda tiene un valor catastral de hasta 30.000 euros. La bonificación será del 30%, si el valor catastral de la vivienda está entre 30.001 y hasta 55.000 euros.

En cuanto a las familias numerosas de carácter especial, la reducción será mayor. Será del 75% en viviendas con valor catastral de 30.000 euros, y del 55% para las viviendas de entre 30.001 y 55.000 euros.

En ambos casos de familias numerosas general o especial, si el valor catastral es superior a los 55.001 euros, no tendrán bonificación alguna.

Las personas interesadas en solicitar esta bonificación deben cumplir una serie de requisitos no solo en cuanto a la familia numerosa como tal, en función de sus miembros y situaciones de discapacidad u orfandad, además de un progenitor separado o divorciado, viudo.

Además, cualquier cambio que se pueda producir en la unidad familiar y que suponga la pérdida del derecho, hay que notificarlo. Igualmente será necesario presentar un certificado de ingresos en aquellos casos en los que se haya tenido en cuenta para acreditar la dependencia o la consideración de familia numerosa especial no por número de hijos sino por ingresos. La tramitación será en el OAR.