El 20 de noviembre la Comunidad Internacional celebra la conmemoración del Día Universal de los Derechos de la Infancia. Que duda cabe que es el momento más propicio para valorizar los derechos de la infancia bajo la premisa de un adecuado entorno familiar en el que desarrollarse ésta.

El preámbulo de la Convención sobre los derechos del niño de 1989 precisa que los estados partes reconocen que el niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, debe crecer en el seno de la familia, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión. Como representante del colectivo de familias acogedoras extremeñas, el objetivo primordial de estas líneas no es otro que contribuir, con nuestro pequeño granito de arena, a la labor de promoción y difusión de las campañas de sensibilización lanzadas a nivel estatal y a nivel autonómico por el ejecutivo español y extremeño, y ello en aras de la puesta en valor de la figura del acogimiento familiar.

En España, según los datos obrantes en poder de la administración en el año 2015, el número de menores en acogimiento residencial, en centros dependientes de las entidades públicas de protección de menores, era de 13.596 menores. En Extremadura, hablamos de unos 340 niños invisibles que viven en centros de acogida de la Junta. Tal y como decía el año pasado, se tiene el convencimiento de que España y Extremadura son solidarios, siendo así que si se conoce la vergonzante realidad de estos niños podremos lograr que ningún niño crezca en estos centros y puedan vivir en una familia.

En este sentido, quiero sacar a la luz la inestimable labor realizada por las denominadas ‘familias colaboradoras’ en nuestra tierra. Ahora bien, lejos de posicionamientos utópicos, nos encontramos con la distópica y cruenta realidad. Los menores que viven en los centros de acogida extremeños necesitan hechos y no palabras vacuas que caigan en el buenismo.

En Extremadura la profunda reforma emprendida por el legislador estatal en el año 2015 es, a día de hoy, una reforma inacabada en tanto en cuanto no se produzcan los ineludibles desarrollos reglamentarios de la Ley 26/2015, de 28 de julio, de Protección de la Infancia en todo aquello que tiene que ver con el acogimiento familiar. El acogimiento familiar como medida de protección constituía la piedra angular de la reforma. Se partía del desideratum de que todos aquellos menores de tres años pudiesen vivir con una familia sin tener que llegar a ingresar en un centro de acogida.

EN NUESTRA comunidad autónoma tenemos constancia de los trabajos que está realizado la Dirección General de Políticas Sociales, Infancia y Familia de la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales. En defensa del interés superior del menor preconizado en la legislacion nacional e internacional, no podemos sino demandar la pronta tramitación y aprobación del decreto de modificación del decreto 9/2014, de 4 de febrero, por el que se regula la actuación de la comunidad autonóma de Extremadura en los procedimientos de acogimiento familiar.

Como asociación deseamos conocer el borrador de dicho proyecto de decreto para poder hacer nuestras modestas aportaciones al respecto en el periodo de información pública que se habilite al efecto, y que éstas sean tomadas en consideración, en un espíritu de franca colaboración.

Urge reglamentar en Extremadura la figura jurídica del acogimiento de urgencia. Éste está configurado, principalmente, para menores de seis años, siendo así que tendrá una duración no superior a seis meses, en tanto se decide la medida de protección familiar que corresponda. Asimismo, las familias acogedoras demandan una tendencia a la equiparación de las ayudas que reciben de la administración extremeña frente a las mayores aportaciones concedidas en otras Comunidades Autónomas.

Una vez que hemos urdido este relato breve de las sombras que se ciernen sobre los niños invisibles, nuestras esperanzas como asociación representativa del colectivo afectado están depositadas en el cometido que ha de llevar a efecto a la mayor celeridad posible la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales de la comunidad autónoma de Extremadura.