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Opinión

Los daños del impuesto a la electricidad limpia

Evitemos un tributo que atenta contra la transición ecológica y contra la “ventaja ibérica” que suponen nuestro viento y nuestra radiación solar

Planta híbrida de energía solar y eólica

Planta híbrida de energía solar y eólica

Las energías renovables deben desplegarse teniendo en cuenta las máximas sensibilidades sociales y medioambientales, sin ningún género de dudas. Y, además, deben tributar adecuadamente, teniendo en cuenta unos principios razonables de equidad, justicia y de eficiencia, donde la capacidad económica de las empresas sea un eje fundamental para la recaudación fiscal.

La producción de electricidad a partir del sol y del viento nos posiciona como una potencia económica mundial. De hecho, en su sector energético España movilizará, si la tributación y una razonable rentabilidad lo permiten, una inversión de más 300.000 millones de euros hasta 2030 (el 37% de esa inversión se destinará a energías renovables), jugando un papel crucial en la reindustrialización de nuestro país, de acuerdo con los datos del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Sin embargo, en este prometedor escenario, aparece un incomprensible nubarrón: el Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica (IVPEE).

Se trata de un tributo medioambiental de carácter directo y naturaleza real, que grava la realización de las actividades de producción e incorporación al sistema eléctrico de energía eléctrica. Un impuesto establecido por el gobierno de Mariano Rajoy en la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, destinándose su recaudación a financiar los costes del sistema eléctrico, con el fin de alcanzar un equilibrio entre ingresos y costes del sistema, evitando así la aparición de déficits tarifarios. Se implantó en un momento en el que la apuesta política no eran las energías renovables.

Pues bien, en 2025 nada de lo que motivó su creación hace 13 años justifica ahora su subsistencia.

Se trata de un impuesto que, de hecho, fue suspendido por el gobierno de Pedro Sánchez durante el tercer y cuarto trimestre de 2021. Y, también, durante 2022 y 2023. Sin embargo, sorprendentemente, fue nuevamente recuperado en diciembre de 2023. Decimos «sorprendentemente» porque a quien más perjudica es a las empresas de generación de electricidad limpia y renovable. Penaliza muy especialmente a aquellas empresas que, precisamente, están trabajando en Europa por hacer posible el «green, baby, green» (en lucha contra el cambio climático) frente al «drill, baby, drill» (en favor de los combustibles fósiles) del estadounidense Donald Trump.

Este impuesto atenta contra la transición ecológica porque grava los ingresos de las empresas de energías renovables sin considerar el beneficio operativo de las instalaciones solares fotovoltaicas y eólicas. Además, se aplica de igual manera a cualquier tecnología de generación eléctrica, sin distinguir si se hace con el caro, contaminante y extranjero gas o con las baratas, soberanas y limpias radiación solar, agua y viento. Adicionalmente, se aplica sin tener en cuenta el grado de madurez tecnológica de los proyectos, lo que pone en riesgo la obtención de financiación para aquellas tecnologías que aún están en fase de desarrollo y construcción (renovables).

Se trata, además, de una figura impositiva implementada exclusivamente en España (ningún otro país de la Unión Europea lo tiene en términos similares). Esta cuestión no es menor, ya que introduce una merma de la competitividad de las empresas eléctricas renovables españolas (y muy especialmente en empresas con inversiones aún no consolidadas, por estar en fase de expansión y de reinversión).

Sería una buena noticia para España que en 2025 las empresas de generación eléctrica renovable puedan competir con sus homólogas europeas sin este 7 % impositivo que las atenaza, en un momento en el que se han alcanzado saldos positivos en el balance de los ingresos y costes regulados del sistema eléctrico

Insistimos: no existe ninguna figura similar en ningún otro país de la Unión Europea. Tiene, en consecuencia, un carácter discriminatorio para las empresas de energías renovables españolas, ya que son las que más lo sufren. Les resta competitividad y rentabilidad, y ahuyenta a los potenciales inversores.

Dada la situación actual, caracterizada por un sistema eléctrico saneado, la función original de este tributo ha perdido pertinencia. El impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica se ha convertido en un obstáculo para el desarrollo de futuros proyectos de energías renovables en España (reduciendo considerablemente tanto la capacidad de devolución de créditos como la capacidad de inversión y de innovación de las empresas).

Sin duda, este exclusivo e inequitativo impuesto español trae consigo un encarecimiento de la actividad de producción de energía eléctrica y un incremento del precio de la electricidad, que afecta de manera directa a los consumidores, es decir, a las familias y a las industrias. Eliminar este impuesto debería ser una prioridad para el Gobierno de España, para impulsar la transición ecológica, y con el objetivo adicional de favorecer la exportación de energía eléctrica a través de las interconexiones internacionales (lo que evitaría vertidos de energías renovables y ayudaría a mantener el impulso inversor en energías limpias).

La función original de este tributo ha perdido pertinencia. El impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica se ha convertido en un obstáculo para el desarrollo de futuros proyectos de energías renovables en España (reduciendo considerablemente tanto la capacidad de devolución de créditos como la capacidad de inversión y de innovación de las empresas).

En definitiva, sería una buena noticia para España que en 2025 las empresas de generación eléctrica renovable puedan competir con sus homólogas europeas sin este 7 % impositivo que las atenaza, en un momento en el que se han alcanzado saldos positivos en el balance de los ingresos y costes regulados del sistema eléctrico.

Es imprescindible no prolongar más este tributo, tan lesivo para empresas eléctricas renovables españolas. Un impuesto de carácter presuntamente ecológico que, paradójicamente, impacta en la línea de flotación de las tecnologías que generan electricidad limpia. Un impuesto, además, que, aunque se define como “medioambiental”, penaliza por igual a la electricidad generada con combustibles fósiles que a la generada con radiación solar, agua y viento. Un impuesto que, por si fuera poco, no vincula los ingresos tributarios a los beneficios societarios, al contrario de lo que hacen la mayor parte de los países de nuestro entorno.

Los impuestos son necesarios, por supuesto. Pero deben ser justos. Y, sobre todo, deben estar bien ajustados a la realidad de sus objetivos. La transición energética, sin duda alguna, debe ser justa. Y la fiscalidad aplicable a las empresas que la hacen posible y que la protagonizan, también. Evitemos que un impuesto haga tanto daño a la electricidad española generada con energías renovables. O, dicho de otra manera, evitemos un impuesto que atenta contra la transición ecológica y contra la “ventaja ibérica” que suponen nuestro viento y nuestra radiación solar.

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