En enero, debía haber derribado su vivienda, pero la magistrada-juez concedió un aplazamiento porque el pleno del 30 de diciembre aprobó inicialmente una modificación del PGM que abría la puerta a la regularización de las viviendas situadas en La Vinosilla, entre ellas la de Santiago Santos. En febrero, la Fiscalía solicitó la demolición de manera «inmediata», pero ahora, la juez ha decidido conceder una nueva suspensión, esta vez de al menos seis meses.

Así, en un auto con fecha 15 de marzo, la magistrada se basa en la certificación enviada por el ayuntamiento y que firma el secretario municipal para subrayar que el acuerdo del pleno «tiene por objeto precisamente la regularización de la zona» y considera además que «los plazos no serían excesivos», en referencia a la aprobación provisional y definitiva que aún restan para poder comenzar con la regularización.

Por eso, señala que el trámite iniciado «no es incompatible» con lo que manifestó en su día la Audiencia Provincial de Cáceres, al señalar que para considerar improcedente proceder a una demolición, debía existir «una variación sustancial de las circunstancias tenidas en cuenta en la sentencia que se va a ejecutar».

Así, la juez entiende que las circunstancias sí han cambiado en este caso y por eso, concede la suspensión, en principio, durante seis meses, pero apunta que, transcurrido este plazo, el condenado deberá informar sobre «el estado de la actuación urbanística sobre su edificación y sobre la zona referida».

Por todo, el afectado se mostró ayer muy contento porque «nos da un respiro de seis meses, más lo que venga. Cuando recibimos el auto no nos lo creíamos, pero ahora yo creo que no nos tiran la vivienda porque los trámites ya no van a parar».

No obstante, el auto aún se puede recurrir.

Santa Bárbara

Este proceso choca sin embargo con las viviendas pendientes de demolición en Santa Bárbara, donde no se han paralizado y también se han iniciado trámites de regularización, lo que para el presidente de la asociación de afectados de la sierra, Ladislao Granado, supone un agravio comparativo y una "discriminación".