El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, primero y el Tribunal Supremo, después, han inadmitido recursos presentados por Esther Sánchez, en calidad de alcaldesa de la entidad local menor de San Gil, contra el reglamento del pleno municipal que se aprobó en julio del 2020.

Sánchez alegó que se había vulnerado el artículo 83 de la Ley de Mancomunidades y Entidades Locales de Extremadura, pero ni el TSJEx ni el TS entran en el fondo sino en la forma de presentación del recurso porque el TSJEx señala que Sánchez debió aportar "el acuerdo del órgano municipal competente para entablar la concreta acción de que se trate", es decir, la interposición del recurso y "el informe previo a la adopción de ese acuerdo", del secretario, asesoría jurídica o letrado.

Como no presentó esos documentos, lo que también destaca el TS, ambos inadmiten el recurso. Además, condenan al pago de 1.000 euros de costas.