Sentencia a favor del regidor
Condenado a 9 meses de prisión por calumnias e injurias hacia el alcalde de Malpartida de Plasencia
El juzgado de lo Penal de Plasencia ha impuesto al autor, un vecino del municipio, también el pago de una indemnización de 2.000 euros a tres afectados
El condenado acusó a Raúl Barrado, el secretario del ayuntamiento y el teniente de alcalde de prevaricación y malversación en un perfil público de Facebook

Sentencia a favor del alcalde de Malpartida de Plasencia: condenan a un vecino por calumniarle. / TONI GUDIEL

El juzgado de lo Penal número 1 de Plasencia ha condenado a un vecino de Malpartida de Plasencia a nueve meses de prisión por un delito de calumnias e injurias hacia el alcalde de Malpartida, Raúl Barrado, cometido en un perfil público de la red social Facebook.
El regidor, al que la justicia ha dado la razón, ha publicado la sentencia en el mismo perfil, uno de los aspectos que incluye el fallo dictado por el juez para el condenado. Sin embargo, como el vecino estaba bloqueado en el perfil, a la hora de ejecutar la sentencia, ya firme, el juez ha autorizado a Barrado y a otros dos afectados a publicarla íntegramente.
Tres afectados
El autor de las calumnias tampoco podrá ejercer el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la misma y deberá indemnizar a Barrado con 2.000 euros por el "daño en su vida íntima y pública".
En total, deberá pagar 6.000 euros porque las mismas injurias y calumnias por las que ha sido condenado las vertió en el perfil 'No eres de Malpartida de Plasencia si no..." contra el secretario del ayuntamiento y contra el teniente de alcalde.
Según la sentencia, de fecha 16 de septiembre de 2024, el 17 de junio de 2022, el condenado publicó en el perfil acusaciones sobre la actuación de los tres respecto a la presión de agua del municipio. Señalaba que habían "metido la pata presuntamente prevaricando, haciendo un encargo de unos informes con exigencias de que manipulen y falsifiquen los resultados si fuese necesario".

Condenan a un vecino de Malpartida de Plasencia por calumnias hacia el alcalde (en la imagen). / TONI GUDIEL
Insultos
Apuntaba además que varios vecinos habían sufrido averías provocadas por el exceso de presión y que "les han cobrado injustamente miles y miles de euros y, si esto fuera así, les estarían robando".
En otros comentarios, afirmaba que el ayuntamiento quería gastar 8.000 en válvulas reguladoras de presión, innecesarias si no hubiera ningún problema en la red, por lo que, en ese caso, "estarían malgastando, despilfarrando o incluso malversando el dinero de los vecinos... Porque son ladrones torpes y, antes o después, tenían que caer. Los estoy llamando públicamente ladrones y si no llevo razón que me denuncien en la fiscalía".
Más comentarios
Del mismo modo, en un comentario, se dirigía directamente al alcalde para señalar: "Señor alcalde sea usted responsable se preocupe usted de arreglar la red de abastecimiento de agua en vez de hacer encargos de informes con resultados falsificados para engañar a los vecinos".
Según la sentencia, el condenado "no ha reconocido los hechos", aunque sí haber hecho publicaciones en Facebook. De hecho, el juez se ha mostrado sorprendido porque sigue "insistiendo en que las afirmaciones que ha vertido son ciertas, más aún cuando no tiene resoluciones judiciales que especifiquen las afirmaciones".
Delito
El juzgado considera probado que hizo las publicaciones, en un perfil además con más de 2.000 participantes, y que son constitutivas de delito. Apunta además que "no se trata de meras discrepancias, sino que el acusado está llamando ladrones, prevaricadores y que están falseando pruebas ante un Juez. Se trata de unas expresiones no amparadas en la libertad de expresión, puesto que imputan actividades delictivas a los querellantes, causando un daño a su actividad pública y a su vida privada".
El fallo
Todo además, "con la alevosía de no tener resoluciones judiciales que así lo demuestren" y la agravante de la divulgación en la red social.
Por todo, y dada la "insistencia del acusado en las afirmaciones", su "escaso arrepentimiento" y "los medios empleados en la divulgación", el juez ha optado por la pena de 9 meses de prisión, más el mismo tiempo de inhabilitación para el ejercicio de sufragio pasivo y 2.000 euros de indemnización para cada uno de los perjudicados por el daño causado.
La orden de ejecución del aspecto del fallo de publicar la sentencia en el perfil de Facebook tiene fecha del 10 de octubre pasado, de ahí que se haya conocido ahora.
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