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Ley de Segunda Oportunidad

El juzgado exonera a una mujer de Plasencia de pagar deudas por valor de 1,2 millones de euros

Aparecía como avalista de varios créditos que solicitaron familiares y no podía asumirlos

Como actuó de buena fe, "ya es libre para rehacer su vida", destaca el bufete Herrero Lex

El juzgado exonera a una mujer de Plasencia de pagar deudas por 1,2 millones de euros.

El juzgado exonera a una mujer de Plasencia de pagar deudas por 1,2 millones de euros. / TONI GUDIEL

Raquel Rodríguez Muñoz

Raquel Rodríguez Muñoz

Plasencia

Como si una nube negra se hubiera quitado de su cabeza, "libre para rehacer su vida". Así se siente ya una mujer de Plasencia que, gracias al despacho de abogados Herrero Lex y a la Ley de Segunda Oportunidad, ha visto cómo deudas que sumaban más de 1,2 millones de euros se han extinguido para siempre.

Según ha explicado Marcial Herrero, del bufete placentino, la mujer había hecho de avalista de familiares que habían solicitado créditos que después no habían podido devolver. De esta forma, se fueron acumulando las deudas.

Situación "inasumible"

Se trata de una placentina que, además, no tiene vivienda propia, aunque sí una nómina, aunque insuficiente para poder pagar las deudas, de un millón de euros, más otros 200.000 aproximadamente de intereses.

Era, por tanto, una situación "inasumible" y, mientras, se encontraba con continuas denuncias en el juzgado de los acreedores, lo que la había afectado, no solo a nivel económico, sino también "personal y emocional". Por eso se acogió a la Ley de Segunda Oportunidad y el juzgado le ha dado la razón.

Juzgados de Plasencia, donde han exonerado a una mujer de pagar 1,2 millones por deudas.

Juzgados de Plasencia, donde han exonerado a una mujer de pagar 1,2 millones por deudas. / TONI GUDIEL

Mala suerte y buena fe

Herrero ha apuntado que esta ley beneficia a las personas que, por "mala suerte, incurren en deudas que superar sus posibilidades de hacerles frente con su activo". Anteriormente, quedaban "embargadas de por vida", pero desde su entrada en vigor, las personas físicas pueden acudir a un concurso y "pedir la exoneración del pasivo insatisfecho".

Eso sí, el abogado matiza que hay que cumplir unos requisitos, el fundamental, la buena fe. Así, no se le concedería la exoneración a alguien endeudado que ha cometido un delito económico o societario; ha actuado con dolo, es decir, con la voluntad deliberada de cometer un acto ilícito o se ha deshecho de sus bienes para no tener que pagar las deudas.

Además, los créditos contra Hacienda y la Seguridad Social no se pueden liquidar completamente, sino hasta un máximo de 10.000 euros.

Cantidad muy elevada

Según Herrero, no muchas personas cumplen estos requisitos, de forma que, en bastantes casos, no se les concede la exoneración. Además, destaca que el caso de esta mujer es especialmente ejemplar porque es de las mayores cantidades exoneradas a una persona física, ya que no es habitual que adquiera esas deudas, a diferencia de las personas jurídicas.

Ahora, el bufete placentino aplaude que "podrá volver a respirar".

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