Recurso desestimado
Nueve meses de prisión por estafar a una mujer en Plasencia con la compra de un iPhone a través de una aplicación
La Audiencia Provincial de Cáceres ha confirmado la sentencia del juzgado de lo Penal número 1
El condenado reside en Almería y no le pagó los 430 euros que acordó con la dueña por el teléfono

Nueve meses de prisión por una estafa a una mujer en Plasencia con la compra de un iPhone. / TONI GUDIEL

Había puesto a la venta un teléfono móvil iPhone en una aplicación de venta de artículos y acordó con un comprador privado el precio de 430 euros. La dueña lo envió al comprador, pero finalmente no recibió el dinero y, además, el hombre le intentó estafar otros 200 euros. El juzgado de lo Penal número 1 de Plasencia le condenó a nueve meses de prisión y la Audiencia Provincial de Cáceres ha ratificado la condena.
La sentencia, en la que desestima el recurso que presentó el condenado, señala que el hombre, con antecedentes penales, contactó con la dueña a través de la plataforma de internet en la que había puesto a la venta el teléfono y acordaron el precio de 400 euros, más de 30 de gastos de envío, que la mujer pagó a la empresa de mensajería al enviar el móvil.
En Almería
El envío lo hizo a un municipio de Almería, en el que residía el comprador que, una vez recibido el teléfono, ni se lo pagó, ni lo devolvió. Es más, posteriormente, el hombre le dijo que, al hacerle el ingreso bancario, había habido un error y tenía que devolverle 200 euros pagados de más a una cuenta de la que le indicó el IBAN. Sin embargo, la mujer no lo hizo, al ver que no había recibido ningún pago y le denunció.
Por estos hechos, el juzgado de lo Penal número 1 de Plasencia condenó al estafador a la pena de nueve meses de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y, además, a indemnizar a la mujer en la cantidad de 430 euros, por el dinero que no había recuperado.
Culpó a su padre
Sin embargo, el condenado recurrió esta sentencia. Por un lado, negó cualquier responsabilidad en la estafa y dijo que no conocía a la denunciante, que no había comprado el teléfono, ni conocía la aplicación de venta de productos, ni se había ingresado dinero alguno en su cuenta. Lo hizo en una declaración previa al juicio, durante la instrucción, porque a este acto no se presentó.
En su recurso, el hombre señaló que debía haberse investigado a su padre, que podría ser el estafador y no él. Se da la circunstancia de que en el domicilio del condenado estaba también empadronado su padre, pero la comisaría del municipio donde vive comprobó que el padre no convivía con el hijo y que este "vendría utilizando precisamente la identidad de su padre".

La Audiencia Provincial de Cáceres ha ratificado la condena por la estafa en la compra de un iPhone. / EL PERIÓDICO
Otra denuncia similar
Además, al hombre le constaba otra denuncia por hechos similares y con el mismo modus operandi por parte de una persona en Madrid, que también había enviado un teléfono a su domicilio, sin haber recibido el pago.
Por todo, la Audiencia Provincial ha confirmado la sentencia del juzgado de lo Penal y desestimado el recurso del condenado en una sentencia en la que solo cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, en los supuestos que marca la ley.
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