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Dictamen de la Comisión Jurídica de Extremadura

Indemnización de 172.330,12 euros por la deficiente asistencia sanitaria a un paciente fallecido en Plasencia

El organismo ha estimado la reclamación de su viuda y dos hijos por la falta de atención tras una intervención quirúrgica

El SES ha reconocido que la asistencia no fue la correcta

Indemnización de más de 172.000 euros por una deficiente asistencia en el hospital de Plasencia.

Indemnización de más de 172.000 euros por una deficiente asistencia en el hospital de Plasencia. / TONI GUDIEL

Raquel Rodríguez Muñoz

Raquel Rodríguez Muñoz

Plasencia

Una mujer y sus dos hijos deberán recibir una indemnización global de 172.330,12 euros por la deficiente asistencia sanitaria que recibió el marido y padre de aquellos respectivamente después de una intervención quirúgica en el hospital Virgen del Puerto de Plasencia, por lo que acabó falleciendo.

Así lo ha dictaminado la Comisión Jurídica de Extremadura, en respuesta a una solicitud de la Consejería de Salud y Servicios Sociales del SES sobre la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por la viuda y sus hijos.

Más de cuatro años de espera

Según recoge el dictamen, que no es vinculante, el propio SES ha reconocido que "la asistencia sanitaria prestada no fue la correcta" y que, en consecuencia, "se debe determinar el reconocimiento de la responsabilidad administrativa".

Un aspecto que critica la comisión jurídica es el tiempo transcurrido entre la presentación de la reclamación por parte de los familiares y la solicitud del dictamen, ya que han pasado "más de cuatro años y medio, plazo a todas luces excesivo e injustificado para dar respuesta a las pretensiones de los ciudadanos".

Así, el fallecimiento se produjo el 11 de marzo del año 2020 y la reclamación se presentó dentro del plazo permitido de un año, el 2 de marzo de 2021.

Cirugía y tratamiento posterior

La viuda y los hijos solicitaron una indemnización por la "deficiente asistencia sanitaria" recibida por el marido y padre en el hospital. Según aquellos, "se produjo una falta de cuidado en la realización de la cirugía de resección segmentaria de colon y un retraso en el diagnóstico y tratamiento de las complicaciones postquirúrgicas, desencadenante, todo ello, en un fallo multiorgánico causante del fallecimiento".

Igualmente, los familiares "achacan deficiencias en la realización de la intervención quirúrgica ocasionándole, debido a la mala praxis, una lesión hemorrágica en la cara inferior del bazo y la sección de la cara anterior del duodeno que ni siquiera constaban como riesgos en el consentimiento informado".

No le atendieron bien

No obstante, lo que ha concluido el informe de la inspección de los Servicios Sanitarios es que los profesionales que atendieron al hombre el 7 de febrero del 2020, "ante la sintomatología que presentaba (dificultad respiratoria, sudoroso, pálido, abdomen distendido...) y que en el TAC había aire y liquido en cavidad abdominal, no intervinieron al paciente, ni tampoco se le sometió a observación durante la noche".

Por lo tanto, "no se le proporcionaron todos los cuidados que su estado requería, según el estado de la ciencia y de las técnicas en ese momento (obligación de medios) por parte del personal sanitario".

Las cuantías

Por lo tanto, ese "error" provocó "un tratamiento insuficiente e inadecuado", por lo que la comisión jurídica concluye que "la asistencia prestada tras la operación no fue correcta, estableciéndose una relación de causalidad entre el daño producido al paciente y la asistencia sanitaria recibida".

Por el contrario, el organismo no considera que las lesiones causadas al fallecido durante la operación quirúrgica se derivaran "ni de una mala praxis médica o fueran consecuencia de acto médico reprochable alguno", como reclamaba la familia.

Por todo, sobre las cuantías que deberían recibir los familiares, señala que a cada hijo le corresponden 21.300,66 euros como indemnización básica y daño emergente y, a su viuda, 112.768,21 euros como indemnización básica, más 3.644,59 por daño emergente y 13.316 por lucro cesante, es decir, un total de 129.728,80 euros.

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