Penalización urbanística
El Ayuntamiento de Plasencia sanciona con 17.052 euros a la empresa de la obra de la Granja de San Miguel por retrasos
El Ayuntamiento de Plasencia ha acordado sancionar a la empresa constructora con 17.052 euros por el retraso de 145 días en la mejora de los accesos al parque

El Ayuntamiento de Plasencia sanciona con 17.052 euros a la empresa de la obra de la Granja de San Miguel por retrasos. / Toni Gudiel

El Ayuntamiento de Plasencia ha aprobado una sanción de 17.052 euros en concepto de penalidades por demora sobre la empresa Construcciones y Obras Tapia, S.L. por el retraso en la ejecución del contrato de mejora de accesos al parque de la Granja de San Miguel.
La sanción obedece a un total de 145 días de demora que, según los informes técnicos municipales, son imputables al contratista.
Un acuerdo que convierte en cifra la demora
El expediente municipal sobre las obras de mejora de accesos al parque Granja de San Miguel ya tiene una cuantía concreta. La junta de gobierno local ha aprobado la propuesta elevada por el concejal delegado de Urbanismo el 17 de marzo y ha fijado en 17.052 euros las penalidades por demora impuestas a la mercantil.
La cifra es el resultado de aplicar la penalidad diaria ya fijada en un acuerdo anterior, adoptado el 29 de septiembre de 2025, de 117,60 euros por cada día de retraso sobre el plazo total de ejecución. Con el cálculo efectuado ahora por la dirección facultativa, que estima en 145 días naturales la demora imputable al contratista, el importe final asciende a esos 17.052 euros.
Según el acuerdo municipal, esa cantidad se hará efectiva preferentemente mediante compensación con las cantidades que la administración adeude a la empresa, de manera que podrá deducirse de certificaciones pendientes de pago o, en su caso, de la certificación final, sin perjuicio de la fianza definitiva.

Una imagen del parque de la Granja de San Miguel, esta semana. / Toni Gudiel
Las alegaciones de la empresa, desestimadas
La resolución de la junta de gobierno también ha rechazado el escrito presentado el 3 de noviembre de 2025 por la empresa. En ese documento, la mercantil sostenía que no procedía imponer penalidad alguna al contratista y defendía que su escrito no podía considerarse un recurso potestativo de reposición al no concretarse entonces la cuantía exacta de la sanción económica.
Sin embargo, el gobierno local ha concluido que esas alegaciones no desvirtúan los fundamentos del expediente de penalidades abierto por el retraso en la obra. La base técnica sobre la que se apoya esa decisión es el informe firmado el 25 de febrero de 2026 por la dirección facultativa.
Ese informe señala que el contrato daba a la empresa un plazo de cuatro meses para ejecutar la obra desde la firma del acta de replanteo. Ese documento se firmó el 15 de mayo de 2023, con lo que los trabajos deberían haber finalizado en septiembre de 2023 y, sin embargo, el acta de recepción de las obras quedó firmada dos años después, el 9 de octubre de 2025. Entre ambos momentos, hubo incidencias relevantes que el propio ayuntamiento ha considerado a la hora de calcular qué parte del retraso podía atribuirse realmente a la adjudicataria.
Qué retrasos no se imputan al contratista
El expediente deja claro que no todo el tiempo transcurrido entre el inicio y la recepción de la obra se traslada como penalidad a la empresa. La dirección facultativa hace constar que en el procedimiento figura una resolución de ampliación de plazo sin imputación al contratista y añade que el final de ese plazo ampliado coincidió prácticamente con el inicio de una suspensión temporal total de las obras, acordada por el órgano de contratación antes del nombramiento de los técnicos que firman el informe.
La propia dirección facultativa señala que fue nombrada en marzo de 2024 y que el levantamiento de la suspensión se formalizó mediante acta firmada el 17 de abril de 2024. A partir de ahí, expone varios factores que considera no imputables a la empresa: la baja del coordinador de seguridad y salud al inicio del levantamiento de la suspensión y el posterior nombramiento de uno nuevo el 25 de julio de 2024; la dificultad de retomar los trabajos por la falta de subcontratas y proveedores tras una suspensión indefinida; los ajustes efectuados al proyecto para mejorar la actuación sobre el terreno; la climatología desfavorable, especialmente para los hormigonados; los festivos; y también el tiempo transcurrido entre la finalización material de los trabajos y la firma del acta de recepción.
Con todos esos elementos sobre la mesa, el informe concluye que el cálculo no puede justificarse "con total exactitud", pero estima una demora imputable al contratista de 145 días. Y esa es la cifra que finalmente asume la junta de gobierno para liquidar la penalidad.
Una obra pensada para corregir problemas en el barrio
La actuación en la Granja de San Miguel nació con un objetivo: corregir los problemas de accesibilidad y convivencia detectados tras la urbanización del parque. Cuando el proyecto se presentó públicamente, el entonces concejal de Hacienda y Urbanismo, José Antonio Hernández, explicó que la intervención se había consensuado con la asociación de vecinos del barrio y con residentes del entorno.
El edil defendió entonces que, con el paso del tiempo, se había comprobado que aquella configuración del parque no había sido "de las actuaciones más acertadas". Según detalló, el espacio presentaba dificultades de acceso para quienes viven en la zona y también problemas de convivencia derivados del uso del parque, situado en unas traseras, que generaba molestias a algunos vecinos.
El plan municipal pretendía respetar los elementos más característicos del lugar, como sus bandejas y su mirador sobre las catedrales y buena parte de la ciudad, pero integrarlo mejor en el día a día del barrio. Para ello se planteó la creación de nuevos viales que permitieran el acceso de vehículos desde las calles Obispo Vargas de Carvajal y Rodrigo de Osma a viviendas del entorno, lo que obligaba a actuar sobre varios muros construidos artificialmente.
De la previsión inicial al expediente final
En su presentación inicial, el ayuntamiento habló de una intervención sobre 375 metros cuadrados, con una inversión prevista de entre 150.000 y 200.000 euros y un plazo de ejecución de cuatro meses. El informe técnico que ahora sirve de base a la liquidación de penalidades sitúa el presupuesto final de adjudicación en 273.243,85 euros, IVA incluido.
Ese desfase entre la previsión política inicial y la realidad final del expediente ayuda a explicar también la complejidad de una obra que ha atravesado ampliaciones de plazo, suspensión temporal y dificultades para retomar el ritmo de ejecución. Lo que ahora resuelve el ayuntamiento es el coste administrativo del retraso en las obras.
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