La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a dos años de cárcel a un antiguo profesor del colegio de Huérfanos de la Armada, en Ciudad Lineal y adscrito al Ministerio de Defensa, por un delito de abusos sexuales en relación a unos hechos cometidos en enero de 2017, mientras que se le absuelve de otro delito del que había sido acusado por hechos similares sobre un niño de 3 años.

Así consta en una sentencia en la que se impone a Fernando José A.G. una pena de 2 años de prisión, inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad por un tiempo superior de 3 años al de la pena privativa de libertad.

Asimismo, se acuerda la medida de libertad vigilada durante 5 años y se le condena a indemnizar al menor, en la persona de su representante legal, en 2.000 euros, con la responsabilidad civil subsidiaria del Ministerio de Defensa.

En la sentencia, se absuelve al acusado por un delito continuado de abusos sexuales al no considerarse probado que durante el lapso temporal que se extiende desde el inicio del curso escolar 2016/2017, hasta que dejó de trabajar en el Colegio de Huérfanos de la Armada el 18 de enero de 2017, cometiese abusos sobre un menor de 3 años de edad.

El profesor era el encargado de la coordinación de Educación Primaria del centro de enseñanza. El fiscal solicitó una pena de 10 años de cárcel para este docente. Los abusos se cometían supuestamente en un despacho del docente, donde les permitía utilizar dispositivos móviles.

Según la sentencia, el acusado fue contratado con carácter indefinido el 23 de diciembre de 1994 como personal laboral del Ministerio de Defensa en la categoría de titulado medio de actividades específicas, ejerciendo su trabajo en el Colegio de Huérfanos de la Armada.

La vista oral se celebró el pasado 27 de enero a puerta cerrada en la Audiencia de Madrid para preservar la identidad de las víctimas de los presuntos abusos.

Juego en su despacho

En los hechos probados se relata que sobre las 15.00 horas del 17 de enero de 2017, el menor de 15 años y que cursaba estudios de la Educación Secundaria Obligatoria en el citado colegio, acudió aldespacho del acusado Fernando José A. G., quien trabajaba como profesor en dicho centro educativo y había sido profesor del chico en cuarto curso de primaria.

"Una vez allí, iniciaron una conversación sobre los exámenes que tenía que realizar el alumno, advirtiéndole el acusado que hablaría con su madre si su rendimiento académico era deficiente", señala.

En su despacho sentó al chico junto al mismo en un sofá y, tras proponerle "un juego consistente en que le hiciese lo que le iba a hacer, actuando con intención libidinosa, colocó su mano en la pierna del menor a la altura del muslo, la subió hacia la ingle, el vientre y, finalmente, la introdujo entre el pantalón y la ropa interior tocándole los genitales durante unos segundos hasta que el menor reaccionó marchándose del lugar".

A consecuencia de dichos hechos, el pequeño evidenció en los días posteriores "sintomatología ansiosa, alteraciones en el sueño y sentimiento de vergüenza y culpa que remitieron dos meses después tras terapia psicológica y sin necesidad de medicación".

En cuanto al caso del niño de 3 años, el tribunal fundamenta su absolución en su convicción en que el menor no relató en sede judicial los hechos cuya autoría se atribuía al acusado y en la insuficiencia de la prueba practicada para acreditar que hubiese estado en contacto con él.