La crisis del coronavirus que azota España y gran parte del mundo ha llevado a los gobiernos a tomar medidas para frenar la propagación del virus que han cambiado drásticamente nuestra rutina diaria. El estado de alarma decretado por el Ejecutivo de Pedro Sánchez obliga a los ciudadanos a permanecer confinados en sus casas.

Mientras duren estas medidas, las personas no podrán circular por las vías de uso público salvo en algunos casos excepcionales. A grandes rasgos, la población puede desplazarse para acudir al trabajo, atender a familiares dependientes o que requieran de su ayuda, adquirir medicamentos, comprar alimentos y pasear al perro.

Pero, además de estos supuestos, los ciudadanos también pueden acercarse durante el estado de alarma a un quiosco para comprar periódicos o revistas. Ningún agente de la autoridad puede sancionar a una persona por dirigirse a un lugar de venta de prensa, ya que ésta se considera un bien de primera necesidad. Esta es la razón por la que los diferentes puntos de venta de prensa permanecen abiertos durante el estado de alarma.

El real decreto publicado en el BOE establece como una de las excepciones los establecimientos de venta de prensa: "Se suspende la apertura al público de los locales y establecimientos minoristas, a excepción de los (...) de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, establecimientos farmacéuticos, médicos, ópticas y productos ortopédicos, productos higiénicos, prensa y papelería, combustible para la automoción, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, comercio por internet, telefónico o correspondencia, tintorerías y lavanderías".