Hoy entran en vigor las restricciones en Portugal para hacer frente a la sexta ola de la pandemia y entre ellas se encuentran las limitaciones para cruzar la frontera. Ayer fue un día frenético precisamente por las distintas versiones ofrecidas por el Gobierno portugués en cuanto a las limitaciones para cruzar por vía terrestre a territorio luso. Lo que parece más claro son los colectivos sobre los que recae una excepción y que podrán cruzar la "raia" libremente simplemente con el certificado de vacunación y sin tener que realizarse a mayores un test de antígenos o una PCR que demuestre que no está pasando el COVID. Entre estas excepciones están los trabajadores transfronterizos, aquellos que desarrollan una actividad profesional regular a hasta 30 kilómetros de la frontera. También quedan eximidos los servicios de los servicios esenciales: transportes, emergencias, seguridad y urgencias. Pero la gran duda que despierta esto en las administraciones locales es cómo un trabajador puede identificarse como tal para poder cruzar libremente la frontera. “Al final dependerá de la voluntad de la patrulla de la Guardia Nacional Republicana que en ese momento esté realizando el control”, apuntan desde la AECT Río Minho.

Los trabajadores transfronterizos, exentos de presentar los test negativos

También se librarán de tener que presentar test -si es PCR tiene una validez de 72 horas antes de la entrada, si es de antígenos de 48 horas y no sirven los autotest- los menores de 12 años y aquellos que tengan un certificado COVID en la modalidad de recuperación, es decir, los que hayan pasado la enfermedad en los 180 días anteriores.

Pero, ¿que sucede con aquellas personas que no son ni trabajadores transfronterizos ni menores de doce años? Pues aquí está la gran duda. Porque se tendrá en cuenta el nivel de riesgo de contagio de la comunidad autónoma de la que proceden los conductores, y si está en riesgo alto, como parecen considerar las autoridades portuguesas que está Galicia, haría falta un test de antígenos o una prueba PCR para cruzar al país luso. Pero según las distintas publicaciones que fueron remitiendo tanto desde el ejecutivo portugués como desde el español se está teniendo en cuenta los anteriores límites marcados hasta hace dos semanas para determinar los niveles de riesgo, en lugar del que está vigente y según el cual Galicia y España estarían en nivel medio, por lo en teoría no entrarían en esas restricciones.

Multas

La falta de claridad provoca que si al cruzar la "raia" la Guardia Nacional Republicana o el Servicio de Extranjeros y Fronteras detecta a algún foráneo sin la prueba negativa, en primera instancia, se le ofrecerá la posibilidad de realizar la prueba, a expensas de cada ciudadano, en un lugar que indicará la autoridad sanitaria local. Este punto estará a un máximo de 30 kilómetros del lugar en el que se realizó el control. Si la persona se niega a someterse a la prueba se expone a una multa de entre 300 y 800 euros. En caso de que la acepte y dé positivo, ese ciudadano queda bajo confinamiento obligatorio “en un centro sanitario, en el domicilio o, de no ser posible, en otro local definido por las autoridades competentes”.