El pasado 1 de marzo, la Comisión de Salud Pública eliminó la realización obligatoria de cuarentena a todos los contactos estrechos de positivo por covid y se recomendaron medidas preventivas eficientes para proteger a los más vulnerables.
Desde entonces, Sanidad ha determinado los requisitos necesarios para las bajas laborales en caso de contagio así como los documentos precisos que lo acrediten.
Para acceder a una baja laboral será indispensable la confirmación de padecer la enfermedad a través de PDIA (Prueba Diagnóstica de Infección Activa). Una vez se comunique el positivo, el servicio de prevención se encargará de elaborar un informe que habilite el teletrabajo o baja temporal si se reúnen los siguientes requisitos:
Trabajadores con síntomas compatibles
Siempre y cuando no sean ni tengan relación con personas vulnerables a la infección, se les recomendará teletrabajo o la readaptación de su puesto de trabajo, aumentando de esta manera las medidas preventivas planteadas con anterioridad.
Trabajadores positivos
Si no tienen relación con ámbitos vulnerables y su sintomatología no le incapacita a la hora de realizar su actividad laboral, se recomendará de nuevo el teletrabajo o la readaptación de su trabajo para evitar entrar en contacto con personas sensibles a la enfermedad.
Trabajadores vulnerables
Si no cuentan con la posibilidad de teletrabajo o de adaptación de su ocupación y de la protección necesaria para evitar la propagación del virus, se solicitará baja temporal al empleado hasta que la infección cese.
Pasado este tiempo y siempre que hayan transcurrido 24 horas sin fiebre o síntomas, se volverá a realizar una prueba de antígenos y si esta da negativo, podrá volver a su puesto de trabajo con total normalidad.
Si por el contrario, sigue dando positivo, se realizará un test cada 24 horas hasta que el resultado sea negativo para volver a incorporarse.
Por otro lado, los casos leves, asintomáticos y contactos estrechos, no necesitarán hacer aislamiento ni cuarentena. Tendrán que mostrar la confirmación de padecer el virus a través de una prueba, para que la empresa extreme las precauciones y además, deberá actualizar el seguimiento de su mejora.
En el caso de las personas que trabajan en áreas vulnerables como centros y servicios sanitarios de todos los tipos, así como aquellas que prestan ayuda a personas con especial sensibilidad al virus, Sanidad recomienda su reubicación en otros puestos de trabajo del centro como el teletrabajo o la gestión telefónica, completamente alejado de las zonas vulnerables.
Cuando esto no pueda ser posible, no acudirán al trabajo, siempre y cuando sean casos positivos, durante los primeros 5 días desde el inicio de los síntomas o de la fecha del diagnóstico en asintomáticos, hasta volver a dar negativo.
Según la nueva actualización sobre la actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente al covid, el especialista en medicina de cada empresa deberá facilitar a los facultativos de atención primaria una serie de documentos para conceder la baja laboral a los empleados que la requieran, y también tendrá que notificar los casos en los que ya no se considere necesario el aislamiento.