Todos alguna vez nos hemos puesto a imaginar cómo llamaríamos a nuestro hijo o hija en un futuro. Dependiendo del gusto y el criterio de cada uno, hay nombres mejores que otros. Sin embargo, hay que tener cuidado para no perjudicar la dignidad del niño o niña.

Por este motivo, en España hay una gran variedad de nombres prohibidos. El Registro Civil rechaza nombres que puedan tener connotaciones negativas o puedan atentar contra la dignidad de los menores. La ley del 8 de junio de 1957 cubre las normas a la hora de elegir nombres de bebés y se ha ido actualizando para que se adapte a los nuevos tiempos.

Cabe destacar que, en caso de que el nombre propuesto por los padres sea rechazado y no se haga llegar otra nueva propuesta en menos de tres días, el Ministerio de Justicia tiene la potestad de intervenir y elegir un nombre para el niño o la niña.

A continuación, explicamos cuáles son los nombres baneados en España.

Hermanos que se llaman igual

"No puede imponerse al nacido nombre que ostente uno de sus hermanos, a no ser que hubiera fallecido, así como tampoco su traducción usual a otra lengua", dice el artículo 51 de la ley del Registro Civil. Por ejemplo, los padres de un niño que se llama Joan no podrían llamar Juan a su hermano, para evitar confusiones.

Nada de marcas registradas

No es posible llamar a tu bebé como alguna marca o firma comercial como, por ejemplo, Colacao, Nutella o Colgate. Aunque esto es bastante extraño en España, sí que es relativamente frecuente en países de Latinoamérica.

Nombres completos de famosos, ¿en serio?

A muchos padres les gustaría que su hijo se llamara Rafa Nadal, Iker Casillas, Andrés Iniesta o cualquier celebridad reconocida en el país, pero a la hora de inscribir al bebé, estos nombres serán rechazados. Tampoco podrás ponerle nombres completos que resulten famosos (como Indiana Jones o Anna Karenina).

Gutiérrez Gutiérrez

"No se pueden imponer nombres que hagan confusa la identificación", explica la ley. Por lo tanto, nada de llamar a tu hijo igual que se apellida, sea García, Fernández, Gutiérrez, etcétera.

Sin connotaciones negativas

Nombres como Hitler, Stalin, Bin Laden, Judas... no tienen cabida en el Registro Civil. Llamar a un niño así es condenar toda su vida a chistes, malas palabras y hasta rechazos. Lo mismo ocurre con términos como caca, pedo, loco y demás.

Compuestos: no más de dos

Se acabaron los bebés llamados José Luis Ignacio de Todos los Santos, Ana María Purificación Sagrario o María Olga Soledad Antonia. "No podrá consignarse más de un nombre compuesto, ni más de dos simples", así es como se ha actualizado la norma, que antes permitía hasta cuatro nombres.

Diminutivos innecesarios

Para poner Pepita, Juanito o Pedrito, pones Pepa, Juan o Pedro. En el Registro Civil no se admite como válido un nombre a partir de abreviaturas o siglas.

Sobre animales

Están normalizados nombres como Paloma, León, Delfín, y tras una decisión del director general de los Registros y del Notariado, Javier Gómez Gálligo, Lobo también ha sido admitido como nombre en el registro. Sin embargo, nombres como Perro, Mofeta, Tejón, Zorro (o Zorra) y algún otro con connotación negativa, de momento, vetados también.