Tribunales
Justicia dice que "sólo los tribunales" pueden suspender la ejecución de la sentencia sobre el caso de Juana Rivas
El Ministerio indica que estará "en todo momento" en contacto con la autoridad italiana para "garantizar" el interés superior del niño en Italia

Llegada de Juana Rivas con su hijo menor al punto de encuentro familiar. A 22 de julio de 2025, en Granada (Andalucía, España). / Antonio L Juárez - Europa Press
EP
El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes ha anunciado este jueves que "sólo los tribunales" pueden suspender la ejecución de la sentencia sobre el caso de Juana Rivas, tras la solicitud recibida este miércoles por el Ayuntamiento de Maracena (Granada) para que el Gobierno se pronunciase sobre la entrega a su padre del hijo menor de ésta.
Así lo ha expresado después de que el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Granada acordase este martes aplazar hasta el viernes la entrega de Daniel al italiano Francesco Arcuri. Durante el día de ayer el Ejecutivo recibió una petición por parte del Ayuntamiento granadino sobre "la entrega de un menor en el marco de un proceso judicial para la ejecución de una sentencia de un tribunal italiano".
Fuentes del Ministerio de Justicia señalaban que dicha solicitud se estaba "examinando detenidamente" con el fin de "dar una respuesta fundamentada en Derecho" antes del próximo viernes 25, fecha fijada por la Justicia para la entrega del menor.
Las mismas fuentes han confirmado hoy que, tras solicitar Justicia dos informes urgentes sobre la pertinencia de la petición recibida a la Abogacía del Estado y a la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional, ambos documentos han descartado "con claridad que el Ministerio como autoridad central pueda adoptar ninguna decisión de un asunto judicializado y que se está tramitando ante los tribunales españoles e italianos; alegando que sólo los órganos judiciales pueden suspender o denegar dicha ejecución, tal y como disponen el Reglamento (UE) 2019/1111 y el Convenio de La Haya.
"Tanto el Reglamento como el Convenio conciben que la competencia para la entrega de menores, sobre todo en el marco de procesos judicializados, es solo de los tribunales. De hecho, aunque en el Reglamento se habla de "autoridades centrales de ejecución" y el Convenio se refiere a "autoridades judiciales o administrativas", dichas autoridades, según lo remitido por España a organismos internacionales, son exclusivamente tribunales de Justicia, como sucede en la inmensa mayoría de países y en todos los Estados de la UE", ha explicado Justicia.
Con ello, ha remarcado que, para el supuesto de que se produzca finalmente la entrega del menor, el Ministerio estará "en todo momento" en contacto con la autoridad italiana para "garantizar" el interés superior del niño en Italia, requiriendo información "continua" del estado del menor a la autoridad central italiana.
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