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Crisis migratoria

Un vacío legal deja sin castigo a asesinos y violadores en alta mar

La Fiscalía avisa a la UE de que la ley actual española impide perseguir delitos graves cometidos en embarcaciones en aguas internacionales

Voluntarios de Cruz Roja atienden a una mujer y a un niño en el muelle de La Restinga.

Voluntarios de Cruz Roja atienden a una mujer y a un niño en el muelle de La Restinga. / Antonio Sempere/ Europa Press

Flora Marimón

Las Palmas de Gran Canaria

La embarcación iba llena de hombres, mujeres y menores. Entre ellos viajaban una madre y su hijo de cinco años, subsaharianos. La zodiac estaba en condiciones críticas, a punto de hundirse, y dentro estalló una pelea. El objetivo era quitar peso para evitar el naufragio. En medio del forcejeo, la mujer fue arrojada al agua. El niño fue sujetado por otro pasajero que intentó salvarlo, pero en ese momento, un tercer hombre, de origen magrebí, atacó con un cuchillo al migrante que sostenía al pequeño, lo hirió y, finalmente, logró separar sus manos para arrojarlo también al mar. Madre e hijo desaparecieron.

Este grave suceso, del que existen testigos directos, es uno de los casos que la fiscal de Trata de Personas y Extranjería de Canarias, Teseida García, relató a la misión de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (LIBE) del Parlamento Europeo en El Hierro, cuando entre el 26 y el 28 de mayo de 2025 visitaron la Isla por la crisis migratoria.

Mujeres y niños

En su informe sobre este encuentro, los eurodiputados concluyen que los delitos cometidos a lo largo de las ruta canaria siguen quedando en gran medida impunes, "lo que afecta de manera desproporcionada a las mujeres y los menores, con casos de violencia extrema e incluso asesinatos". Y avisan al Estado de que "debería considerarse la posibilidad de revisar los marcos procesales y jurisdiccionales penales para garantizar el enjuiciamiento, incluso cuando dichos delitos se cometan en aguas internacionales".

Teseida García reconoce que escuchar las declaraciones de quienes sobrevivieron en esta embarcación le "costó lágrimas". Lo más grave, según la fiscal, es que pese a la existencia de testigos y a la identificación parcial de un implicado, la justicia española no pudo abrir un procedimiento por homicidio. La razón es el vacío legal: al haberse producido los hechos fuera de aguas territoriales, la jurisdicción española no tiene cobertura para actuar. "Sabemos quién lo mató, pero este señor está libre en Europa", denuncia Teseida García.

Aguas internacionales

El caso ilustra un problema de fondo: la dificultad para perseguir delitos graves cometidos en aguas internacionales. La fiscal explica que España aplica el principio de territorialidad, es decir, conoce de los delitos cometidos dentro del territorio español (incluyendo las 12 millas náuticas canarias, que son aguas territoriales). Más allá de esas 12 millas empiezan las aguas internacionales y los jueces españoles generalmente no pueden ejercer su poder.

No obstante, la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) establece criterios para que ciertos delitos sean investigados por la justicia española, lo que se conoce como "jurisdicción universal". Este término se regula en el artículo 23 de la norma y determina en qué casos los tribunales españoles pueden investigar y juzgar delitos cometidos fuera del territorio nacional.

Crisis de los cayucos

Originalmente, esta jurisdicción estaba limitada a delitos como piratería o crímenes contra la Corona, pero con el tiempo, en 2007, en plena crisis de los cayucos, y gracias a los recursos de casación impulsados por la propia Teseida García, la Fiscalía Provincial de Las Palmas logró incluir la inmigración irregular dentro de la jurisdicción universal.

En la práctica, esta ley permite que España pueda procesar a patrones de pateras interceptados en aguas internacionales, incluso si el hecho ocurrió fuera de las 12 millas náuticas. Sin embargo, como advierte la fiscal, no cubre homicidios o violaciones cometidos entre extranjeros en alta mar que no sean los patrones, si no existe un "punto de conexión" con España, por ejemplo, que hubiera una víctima española. Eso significa que, aunque haya testigos y responsables identificados, la justicia española no puede detener ni procesar a los culpables.

En estos casos, España solo puede poner los hechos en conocimiento del país de origen (por ejemplo, Marruecos o Senegal) por si tienen jurisdicción universal y quieren perseguirlos, ya que "España no es la guardiana de los homicidios del mundo, aunque tampoco son muchos", precisó García.

Reforma de la ley

La Fiscalía reclama que se reforme la Ley Orgánica del Poder Judicial para incluir delitos como homicidio o violación en la jurisdicción universal y buscar un "punto de conexión", como ser rescatado por un barco español o tener la intención de llegar a España, para justificar la jurisdicción española en crímenes graves cometidos en alta mar.

En estos mismos términos, sobre la necesidad de modificar el artículo 23 de la LOPJ, también se expresó el eurodiputado y exministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar. Como miembro de la Comisión LIBE, recalcó que tras conocer las quejas de la Fiscalía las trasladó inmediatamente al Ministerio de Justicia. A su juicio, el problema se sitúa en lo que se llama "derecho vivo", es decir, situaciones reales que se plantean en la realidad y que la ley no ha contemplado.

Penas cortas

Teseida García explicó a la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior de la UE que las penas básicas para quien favorece la inmigración irregular son muy cortas. La condena va de seis meses a un año de prisión o multa, y los traficantes de personas no pisan la cárcel.

Anteriormente, la pena era de dos a cinco años. Esta fue rebajada en la modificación del artículo 318 del Código Penal en el año 2015. Esta baja penalidad –hasta un año– impide que la policía y la fiscalía soliciten medidas de investigación, como intervenir teléfonos o pedir prisión provisional, explica la fiscal, incluso cuando se trata de personas que se dedican profesionalmente al tráfico.

Matrimonios forzosos

Ejemplificó el caso de traficantes que, desde Senegal o Canarias, favorecen la inmigración a través de pasaportes falsos y aviones para niñas y mujeres que podrían ser destinadas a la prostitución o a matrimonios forzosos con los propios migrantes. Para la fiscal es esencial aumentar la pena, porque con el tope de un año nadie entra en prisión y siguen haciendo sus negocios.

Además de las reformas legales, la fiscal insistió a los eurodiputados en que se necesitan más recursos, más personal cualificado en la determinación de la edad de los menores migrantes y más herramientas para perseguir a traficantes y contrabandistas.

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