Navarra
La juez envía a prisión al octogenario que apuñaló a una mujer en Pamplona
La magistrada recoge que los hechos tuvieron lugar este viernes, cuando el octogenario citó a la mujer y en un momento determinado "le dio varios golpes con intención de matarla y con un cuchillo que portaba le acometió alcanzándole"

Momento del traslado del detenido a dependencias de la Policía Foral. / POLICÍA FORAL
EFE
El hombre de 84 años detenido el pasado viernes por acuchillar en el abdomen a una mujer, que permanece en la UCI, ha sido enviado a prisión comunicada y sin fianza por la magistrada del Juzgado de Instrucción número 5 de Pamplona, por un presunto delito de homicidio en grado de tentativa.
En su auto, al que ha tenido acceso este domingo EFE, la juez recoge que los hechos tuvieron lugar este viernes, cuando el octogenario citó a la mujer y en la calle, en el barrio pamplonés de la Rochapea, en un momento determinado "le dio varios golpes y con intención de matarla, con un cuchillo que portaba le acometió alcanzándole".
La agresión finalizó por la intervención de un agente de la Policía Foral que estaba fuera de servicio y redujo y desarmó al agresor. Después dos agentes de la Policía Nacional que patrullaban por el lugar acudieron a ayudarle.
El auto explica que la víctima sufrió un traumatismo abdominal con herida inciso contusa penetrante en abdomen, que causó lesiones en hígado y bazo. Esto provocó una "hemorragia interna importante" que ha precisado cirugía abdominal de urgencia y el ingreso en la UCI, donde continúa por riesgo hemorrágico.
La juez destaca que la lesión ha sido "grave con riesgo vital" y subraya la intencionalidad del agresor porque portaba consigo el arma blanca, porque la dirigió contra el abdomen de la víctima y le causó una herida profunda, de forma que la agresión solo finalizó por la intervención de un policía que le redujo.
Todo ello constituye un delito de homicidio en grado de tentativa castigado con la pena de 10 a 15 años de prisión, señala la magistrada, que justifica la prisión preventiva para asegurar la presencia del imputado en el proceso y evitar el riesgo de fuga, al tiempo que se adoptan medidas de protección para la víctima.
La juez también rechaza la alegación de que el acusado esté limitado en sus facultades cognitivas y volitivas por estar "en tratamiento en salud mental no determinado".
En el auto no se explican los motivos que pudo tener el acusado para perpetrar la agresión ni la relación que tenía con la mujer.
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