Entraba de noche en el dormitorio de su sobrina, de 16 años de edad, y la sometía a tocamientos contra su voluntad. Durante el día, aprovechando que vivía en la misma casa de Murcia que la adolescente, también abusaba de ella: la tocaba en los glúteos y en el pecho, y le hacía daño. La víctima acabó contando lo que pasaba a su madre y esta acudió a la Policía. Tiempo después, ya en sede judicial, la menor dijo que no había denunciado antes porque su tío le daba pena

Cree el tribunal que la joven "se encontraba también movida por un deseo de no rememorar lo sucedido y acabar cuanto antes". El juzgado condenó al sujeto a cinco años y un día de cárcel y a un lustro más de libertad vigilada, y le prohibió acercarse a menos de 300 metros de su víctima durante seis años.

La defensa del individuo recurrió el fallo. Alegaba que, cuando cometió los abusos, estaba borracho, y apostilla que "presenta un historial de consumo antiguo de alcohol y otros tóxicos (cannabis, cocaína, éxtasis y mescalina desde la edad de los 13 años) y que sigue un tratamiento antidepresivo, ansiolítico y neuroestabilizador, todo lo cual le genera graves problemas de adaptación y un trastorno, con un grado oficialmente reconocido de discapacidad del 67% que, si bien no le impedían comprender la ilicitud de su comportamiento ni la de actuar con arreglo a dicha comprensión, sí reducían de forma sensible su capacidad de autodeterminación y autorregulación en relación a los hechos enjuiciados".

Este individuo, que ahora tiene 49 años de edad, cuenta con antecedentes penales: antes de abusar de su sobrina, ya había sido condenado por agresión sexual en dos ocasiones, una en 1996 y otra en 2013.

Estiman su recurso

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia estimó en parte el recurso del sujeto, al aceptar como atenuante el consumo de alcohol y drogas, y le bajó la pena. La condena final se queda en tres años de cárcel. La libertad vigilada posterior y la orden de alejamiento respecto a su víctima se quedan igual.