FUSIÓN DE DON BENITO Y VILLANUEVA

El TSJEx también tumba el recurso contra la consulta popular presentado por Siempre Don Benito

Siempre Don Benito interpuso un recurso solicitando que se declarase que el porcentaje favorable para la consulta popular celebrada en febrero de 2022 es del 65,97% de los participantes, impugnando también, indirectamente, la consulta popular sobre la fusión

Votación en la consulta popular para la fusión de Don Benito y Villanueva

Votación en la consulta popular para la fusión de Don Benito y Villanueva / EL PERIÓDICO

La Sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Extremadura ha confirmado la sentencia de instancia del Juzgado de lo Contencioso número 2 de Mérida en la que inadmite el recurso de la asociación Siempre Don Benito contra el resultado de la consulta popular emitida por el Ayuntamiento de Don Benito relativa a la propuesta de fusión de los municipios de Don Benito y Villanueva de la Serena. 

Según ha trasladado el TSJ en una nota de prensa, la sala, en su fundamentación, se basa entre otras cosas en la sentencia 477/2023 de 13 de abril del Tribunal Supremo y señala que la asociación "no explica en su recurso en qué se le acusa un daño si el porcentaje obtenido es superior al 60%" y convienen con la sentencia de instancia a la hora de negar legitimación a la asociación para las pretensiones que realiza. 

Del mismo modo, la sala concluye que una certificación de una consulta popular "no es un acto firme ni decide definitivamente el asunto". 

Cabe recordar que Siempre Don Benito interpuso un recurso solicitando que se declarase que el porcentaje favorable para la consulta popular celebrada en febrero de 2022 es del 65,97% de los participantes, impugnando también, indirectamente, la consulta popular sobre la fusión entre ambas localidades. 

Sobre este aspecto la sala ha indicado también que "resulta ciertamente contradictorio solicitar la nulidad de un decreto de convocatoria y exigir a los tribunales que se declare un determinado resultado que obedece a lo dispuesto en dicha disposición". 

También se ha inadmitido el recurso en este aspecto al considerar que fue interpuesto de manera extemporánea.

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