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SEPE

La ayuda de 570 euros que puedes solicitar si no llegas a fin de mes

La reforma del subsidio por desempleo contempla a nuevos beneficiarios

Nueva ayuda de 570 euros al mes.

Nueva ayuda de 570 euros al mes. / El Periódico

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Tras la aprobación, el pasado mes de mayo, de la reforma del subsidio por desempleo del Gobierno en colaboración con los sindicatos CCOO y UGT, fue el 1 de noviembre cuando se empezaron a aplicar las novedades: el aumento de las cuantías de ayuda otorgadas por el SEPE hasta los 570 euros, la eliminación del mes de espera y la ampliación de los colectivos que pueden beneficiarse de ella.

Cabe recalcar, antes de nada, la diferencia entre subsidio de desempleo y prestación por desempleo. Comenzando por la segunda, esta refiere al paro que todos conocemos. El subsidio por desempleo, mientras tanto, hace referencia a la prestación que reciben aquellos que o no tienen derecho a paro por no haber cotizado lo suficiente, o sí lo tienen, pero ya lo han agotado.

La duración del subsidio depende del número de meses cotizados y de si se tienen o no responsabilidades familiares y su cuantía mensual es igual al 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM).

Aumento de la cuantía

Como se mencionaba anteriormente, una de las novedades que trae la reforma del subsidio por desempleo es el aumento de la cuantía, que ahora pasa a ser de 570 euros durante los seis primeros meses. Una cantidad que, eso sí, bajará hasta los 540 euros mensuales a partir de ese momento y durante otros seis meses. Una vez finalizado el primer año de cobra, se empezarán a recibir 480 euros, que se corresponde con el 80% del IPREM.

Más beneficiarios

Pero, además del aumento de la ayuda, existen otros cambios. Destaca, especialmente, la ampliación de los colectivos beneficiarios o la posibilidad de seguir cobrando la ayuda aún cuando se haya encontrado un trabajo.

  • Menores de 45 años sin responsabilidades familiares.
  • Trabajadores agrarios eventuales.
  • Trabajadores transfronterizos de Ceuta y Melilla.
  • Ciudadanos españoles emigrantes retornados sin derecho a prestación contributiva.
  • Mayores de 16 años víctimas de violencia de género o sexual.
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