El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Mérida ha fallado que la amistad «íntima» que existía entre una aspirante y una vocal del tribunal de Trabajo Social, de la convocatoria de 2011 del SES, «no influyó» a la hora de que la primera consiguiese una plaza de funcionaria.

Esta es la segunda sentencia que dicta este juzgado sobre este asunto, dado que la primera resolución, que se dictó en mayo del año pasado y que quitaba la plaza a la opositora, fue anulada por el TSJEx al no haberse emplazado al juicio a la demandada.

En esta ocasión, la juez, en la sentencia a la que ha tenido acceso Efe, cambia su criterio y resuelve que aunque reconoce la situación de amistad «íntima» entre ambas, aún si se hubiese abstenido la vocal,»no habría supuesto una modificación de los resultados».

La sentencia recoge que «en ningún momento el examen estuvo en poder de los miembros del Tribunal -antes de la celebración de la prueba- ya que lo custodiaba el presidente». Además, especifica que la corrección del examen se hizo con una máquina ya que el mismo, en lo que a la fase de oposición se refiere, consistía en un test, que conllevaba una corrección automática.

En este sentido concluye que la demandante «no ha acreditado que la actuación de la vocal supusiera un trato de favor hacia la aspirante».

No obstante, la juez reprocha a la vocal que no se hubiese abstenido cuando por los mensajes entre ambas por Facebook se ha acreditado su amistad. «Nadie se va de viaje y comparte habitación en reiteradas ocasiones con alguien al que no le une una amistad íntima y nadie se dedica los comentarios que ambas se han dedicado a través de la red social Facebook si no existe una estrecha relación de amistad», señala la magistrada.