Tras 6 años

La Audiencia Nacional concluye la investigación al BBVA por los trabajos de Villarejo

El tribunal prohíbe al juez acordar nuevas diligencias y le conmina a recibir y recabar lo practicado hasta julio

Fachada del banco del BBVA.

Fachada del banco del BBVA. / EP

EP

La Audiencia Nacional ha resuelto que con fecha 29 de enero de 2024 debe darse por concluida, después de seis años la investigación abierta sobre los trabajos que el comisario jubilado José Manuel Villlarejo habría relaizado para el banco BBVA.

En un auto de la Sala de lo Penal, al que ha tenido acceso Europa Press, el tribunal acoge así en parte el criterio de la entidad, que recurrió la última prórroga acordada en julio y por seis meses por el juez instructor Manuel García Castellón.

La Sala ordena además que sean declaradas "no válidas" las diligencias de investigación acordadas tanto en el auto de 25 de julio de 2023 por el juez como las que haya acordado con posterioridad y determina de forma tajante que "no habrá lugar en ningún caso a una nueva prórroga del plazo de instrucción".

Con esta decisión, que fuentes jurídicas consultadas por Europa Press califican de salomónica, el tribunal trata de poner coto a la continua extensión por parte del juzgado del plazo de instrucción y a la vez permite o da tiempo a que se practique lo que quedaba pendiente hasta el mes de julio.

Así, indica que García Castellón deberá en este tiempo que le queda practicar y recibir las diligencias de investigación acordadas con anterioridad al auto de 25 de julio de 2023.

La LECrim y las prórrogas

Para fundamentar su decisión, el tribunal recuerda que el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) indica que la investigación judicial se desarrollará en un plazo máximo de doce meses desde la incoación de la causa y que pueden darse prórrogas de seis meses en caso de que no se haya podido finalizar la instrucción. Recuerda que las diligencias acordadas antes de un fin de instrucción son válidas aunque se reciban en el juzgado con posterioridad al cierre de la invesstigación.

Explica que en este contexto el BBVA recurrió la última prórroga al entender que el juez ya había dictado auto previo al de 25 de julio, concretamente el 18 de julio "de suerte que el auto ahora apelado iría en contra de lo resuelto en ese auto" anterior.

Al hilo, resalta que la entidad sostiene que el juez en abril acordó una prórroga de 3 meses que fue apelada por el banco y que la Sala de lo Penal indicó que más prórrogas eran improcedentes.

Teniendo en cuenta este importante matiz, la Sala ahora estudia qué acordó el juez instructor después de que determinadas partes recurrieran esa prórroga de abril de tres meses, y recuerda que García Castellón decidió seguir con la prórroga y que la Sala de lo Penal confirmó su decisión pero con el mandato al juez de que "una vez concluido dicho plazo, deberá darse por finalizada la fase de instrucción o investigación judicial".

"Fiel a sus propias decisiones"

Por eso, y con el ánimo de ser "fiel a sus propias decisiones", recuerda que "lo que quiso el tribunal con los razonamientos del auto de 18 de julio de 2023 era que no se produjera ninguna prórroga más que albergara nuevas diligencias de investigación".

"En efecto, ha de entenderse que la resolución de este tribunal también indicaba al Juzgado a quo que dispusiera lo necesario para la finalización de la instrucción, o sea, que la fuera finalizando, concluyendo, con las diligencias de investigación ya acordadas, sin agregar ninguna diligencia de investigación más. Se trataba de conciliar la necesidad de acotar el tiempo de la instrucción con la práctica efectiva de las diligencias de investigación ya acordadas", añade.

Por eso, analizando la nueva prórroga hasta enero, el tribunal le dice a García Castellón que le permite esta extensión nueva pero sólo para practicar diligencias de investigación ya acordadas antes del fin de la prórroga de julio más las que reciba de instrucción pendientes.

Y concluye señalando que "el colofón de la controversia, por buscar aquella conciliación, aquel equilibrio entre tiempo y práctica de diligencias ya acordadas, no puede ser otro que la prohibición de un nuevo plazo de prórroga".