Alfonso es un alumno de la Escuela Oficial de Idiomas de Mérida en este año académico. Estudia segundo curso del nivel B2 de inglés. Como el resto de la sociedad, sus compañeros de pupitres y él mismo ha sufrido la situación desconcertante, generada como consecuencia de la crisis sanitaria del coronavirus.

En su caso se concreta, según asegura, «en que, tras pagar las tasas de matriculación, ir a clases presenciales, aprobar los exámenes parciales, seguir las aulas online durante el encierro y obtener el informe favorable del tutor, en el cual aparece que superamos el curso. Mi nota fue de un 7,4; nos niegan la certificación del título».

Para la obtención de este nivel, el alumno, destaca que se les ha impedido la prueba de junio «y nos abocan a una convocatoria incierta, pues aún fijándose para el próximo 11 de septiembre, nadie nos garantiza que sea posible la celebración de la misma. Para colmo, nos cierran la puerta a un examen extraordinario».

Alfonso explica en una carta su situación: «invierto diez meses en prepararme a fondo para unos ejercicios que actualmente se me privan. Supero el curso completo con buena calificación, demuestro que domino todas las destrezas que se exigen y me veo en esta tesitura: ni obtengo la acreditación, ni me garantizan la opción de realizar la prueba. El sacrificio realizado no sirve para nada porque, si el examen se lleva a cabo el próximo año como también se dijo, tendré que ponerme a estudiar de nuevo. Es como hacer dos veces el mismo curso lectivo».

El emeritense recuerda que en las cámaras legislativas de otras comunidades autónomas están creando iniciativas para corregir la circunstancia anómala, además de que el alumno que haya aprobado el curso y posea informe favorable, logre el título de nivel. «En Andalucía ya se está contemplando esta medida para hacerla efectiva», subraya.

La petición que ejecuta es que los estudiantes de la Escuela de Idiomas que hayan superado este curso 2019-2020 obtengan asimismo la certificación que le corresponda, sin necesidad de realizar ninguna prueba más, «pues queda suficientemente acreditado a lo largo del año que nuestro nivel de la lengua supera la nota establecida, siendo refrendado en el boletín de calificaciones y por un informe positivo del profesor», señala.

A juicio del estudiante, si la medida ha sido aceptada y es efectiva en Cataluña, supone un agravio comparativo para el resto de ciudadanos. «El agravio comparativo no es solo territorial. Ninguno de los matriculados en cualquiera de los cursos conducentes a la obtención de un título de otras etapas educativas de la región, como puedan ser 4º de la ESO, 2º de Bachillerato, 2º de ciclos formativos de Formación Profesional o los de las enseñanzas de régimen especial de música, van a quedarse sin el certificado en el presente año, a excepción de las Escuelas Oficiales de Idiomas. Aquí observamos otra ofensa de lo que estamos sufriendo», reitera.

Escrito

Los alumnos están enviando un escrito a la consejera de Educación y Empleo para que se tomen medidas. La Junta de Extremadura explica a este diario que «la convocatoria de junio de las pruebas unificadas presenciales de certificación y las de promoción de competencias lingüísticas de las enseñanzas de régimen especial impartidas en las Escuelas Oficiales de Idiomas en las modalidades presencial y a distancia para el curso 2019/20 fue suspendida, mediante la instrucción n.º 6/2020, de 19 de mayo, por no poder garantizar, dadas las condiciones sanitarias, la efectiva celebración de las pruebas. Esta fue una decisión completamente ajena a la voluntad de la Secretaría General de Educación y se tomó de acuerdo a la legislación vigente».

Insiste en que las pruebas de certificación de las EOI deben ser unificadas y simultáneas para todos los centros, idiomas, niveles y tipos y participan en ellas miles de personas, en su mayoría adultas e incluso de avanzada edad y pertenecientes, en muchos casos, a grupos de riesgo covid-19.

«Objetivamente, no se daban las condiciones mínimas necesarias que permitieran garantizar la seguridad y protección de toda esa gente con los espacios y recursos disponibles y máxime cuando se tenía aún un enorme desconocimiento de la evolución de la pandemia en el momento que se tuvieron que tomar las decisiones al respecto». La posibilidad de realizar este tipo de exámenes de certificación de competencias lingüísticas, dada su complejidad y particularidades, a distancia o en línea por medios telemáticos es técnica y académicamente inviable, además de las complicaciones legales y administrativas que ello conlleva.

Reglamento

La Junta apunta que el reglamento vigente establece que «para obtener los certificados de los niveles Básico A2, Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1 y Avanzado C2 será necesaria la superación de unos ejercicios específicos de certificación, cuya organización será regulada por la consejería con competencias en materia de educación».

Añade que serán homologadas, unificadas, únicas y administradas de forma simultánea para todos los centros, modalidades y alumnado de la Comunidad Autónoma de Extremadura y que se elaborarán, administrarán, calificarán y evaluarán según unos estándares para todas las modalidades de enseñanza (presencial, semipresencial, a distancia y libre) que garanticen su validez, fiabilidad, viabilidad, equidad, transparencia e impacto positivo, así como el derecho de los estudiantes a ser evaluado con plena objetividad, sin perjuicio de los principios básicos comunes de evaluación que establezca el Gobierno de España, con el fin de garantizar el cumplimiento de los requisitos de calidad mencionados».

Persevera en que conforme a la regulación normativa, «en Extremadura son preceptivas por ley e ineludibles pruebas específicas terminales para la obtención del título y como mínimo una convocatoria anual». A pesar de que la promoción de los segundos cursos de cada nivel al primero del siguiente está legalmente asociada en la normativa vigente a los mínimos establecidos para superar las pruebas de certificación (no es así en el caso de los primeros cursos) la Secretaría General de Educación «ha flexibilizado y equiparado, con carácter excepcional y voluntario, la promoción de los segundos cursos a la de los primeros cursos de los respectivos niveles por el interés prioritario de que ningún alumno pierda el curso y con el fin de favorecer el progreso académico».

Condicionada

La Consejería de Educación agrega que no ha sido suspendida la convocatoria presencial extraordinaria de septiembre, si bien quedará condicionada, en última instancia, a la evolución de las condiciones sanitarias. De hecho, el calendario alternativo autorizado por la Secretaría General de Educación para esta convocatoria, en coordinación con los centros, ya se hizo público hace días por las respectivas EOI por los medios establecidos.

Por último, y teniendo en cuenta precisamente la situación excepcional generada por el coronavirus, en la instrucción nº 6/2020, de 19 de mayo de 2020 se establece que «la Secretaría General de Educación podría autorizar, de forma excepcional y si las circunstancias sanitarias o de otro tipo lo permitieran, una convocatoria adicional única y voluntaria para el alumnado afectado por suspensión de convocatorias durante el curso 2020-2021, lo que se anunciaría con la suficiente antelación, concluye.