El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura aprobó ayer un decreto-ley que establece un régimen sancionador por el incumplimiento de las medidas adoptadas para hacer frente al coronavirus. La sanción por no utilizar mascarilla o usarla de forma inadecuada será de 100 euros, aunque se establecen multas que pueden llegar hasta los 600.000 euros, en el caso de que la infracción cometida sea considerada como muy grave, lo cual puede hasta llevar aparejado el cierre de un local o negocio por espacio de hasta 5 años.

El consejero de Sanidad y Servicios Sociales, José María Vergeles, dio a conocer ayer este acuerdo donde informó de que el decreto-ley aprobado supone una modificación parcial de la Ley de Salud Pública regional, que se publicó en 2011. La nueva norma deberá ser refrendada por la Asamblea regional, previsiblemente en el transcurso de la próxima sesión plenaria.

La normativa será aplicable en todo el territorio extremeño. Los profesionales sanitarios y de la salud pública serán considerados como agentes de la autoridad, por lo que sus testimonios tendrán «carta de veracidad» y podrán requerir la colaboración de los ciudadanos. Vergeles explicó que el procedimiento será similar al de las multas de tráfico. Los agentes de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, y los de las Policías Locales, son los que inician el expediente sancionador y, a partir de ahí, arranca el proceso hasta que se establece la resolución de la infracción que se haya cometido. Si la multa se paga dentro de los primeros 15 días, se obtiene una rebaja del 40%.

Cabe destacar que las infracciones que contempla la normativa regional se clasifican en leves, con multas de 100 hasta 3.000 euros; graves, de 3.001 a 60.000 euros, y muy graves, desde 60.000 hasta 600.000 euros. La graduación de las infracciones vendrá determinada por la incidencia que tengan estas sobre la salud pública. De esta forma, Vergeles puso como ejemplo que el mal uso de la mascarilla, si se mantiene la distancia social, puede considerarse como falta leve. No obstante, si una persona no se pone la mascarilla y está en un lugar de ocio nocturno, donde el riesgo de contagio es mayor, la infracción puede ser más grave.

El consejero subrayó que se podrán acordar sanciones accesorias, como el cierre de un determinado local por un plazo máximo de cinco años, por un incumplimiento claro de las medidas sanitarias que supusiera un riesgo «muy importante» para la salud pública como puede ser el contagio masivo de un determinado colectivo. Asimismo, los agentes podrían determinar el cierre cautelar de un establecimiento, aunque posteriormente tuviera que ser validado por la autoridad sanitaria de la región.