El Estatuto del Ministerio Fiscal permite al fiscal general del Estado informar al Gobierno cuando este lo precise y no exista obstáculo legal respecto de cualquier asunto en el que intervenga el Ministerio Fiscal, así como el funcionamiento en general de la administración de justicia. Solo en casos excepcionales el fiscal general del Estado podrá ser llamado a informar ante el Consejo de Ministros. De este modo se establece en el artículo 9.2 del Estatuto del Ministerio Fiscal.

Además, el Gobierno puede interesar del fiscal general del Estado que promueva ante los tribunales las actuaciones pertinentes en orden a la defensa del interés público. Así ha ocurrido con las demandas de ilegalización presentadas ante el Tribunal Supremo contra los partidos y las listas electorales que han pretendido suceder a la ilegalizada Batasuna.