El Ministerio de Hacienda y la Consejería de Economía, Competitividad e Innovación acuerdan modificar uno de los artículos de la Ley de Crédito Cooperativo por el que era imprescindible el visto bueno de la consejería competente en materia de política financiera sobre la procedencia de una integración, fusión, escisión o transformación en la que participen las cajas rurales de la región (cooperativas de crédito): Caja Rural de Extremadura y Cajalmendralejo. En concreto, se trata del apartado 1 del artículo 12, cuya nueva redacción suprime el término "favorable" como requisito necesario del informe que emite la Administración regional en el caso de un proceso de integración entre cooperativas de crédito.

Esta modificación se realiza a instancias del Ministerio de Hacienda, que tras la aprobación de la ley extremeña en Consejo de Gobierno primero en mayo y en pleno en junio --con los votos favorables de PP e IU--, requirió a la Junta el cambio de este artículo porque entendía que invadía competencias que son propias del Estado y aseguró que llegaría al Constitucional si fuera necesario. Pero no ha hecho falta, de momento. Ambas partes aceptaron convocar a finales de agosto la comisión bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma, una herramienta para estudiar y solventar las discrepancias antes de llegar a los tribunales, y el acuerdo llegó en la reunión celebrada el 28 de octubre, según la resolución publicada ayer en el Diario Oficial de Extremadura.

Ambas partes dan por zanjadas las diferencias existentes en esta materia tras aceptar el Ejecutivo extremeño retirar el término "favorable" del mencionado artículo. No hará falta ya que el informe del Ejecutivo sea favorable. La Ley de Crédito Cooperativo fue modificada por el trámite de urgencia para que la Administración regional pudiera ejercer un mayor control sobre las cajas rurales y tener mayor peso decisorio ante la posibilidad de fusiones o integraciones con otras entidades financieras.