Los extremeños ya pueden formalizar el documento de Expresión Anticipada de Voluntades, un testamento vital en el que se concretan las actuaciones médicas en caso de situación terminal e imposibilitado para expresarse.Según recoge la agencia Europa Press, el director general de Gestión del Conocimiento y Calidad Sanitarias, José María Vergeles, presenta la guía de Expresión anticipada de voluntades, editada por el Servicio Extremeño de Salud para que los ciudadanos conozcan la posibilidad que tienen de dejar por escrito su voluntad y cómo hacerlo. Estas situaciones sobre las actuaciones médicas a la que desea ser sometido se podrán referir tanto a una enfermedad como a una lesión que la persona que firma el documento ya padece en la actualidad, así como la posibilidad de que la pueda sufrir en el futuro, como por ejemplo, un accidente de tráfico. Su voluntad quedará archivada en el registro de expresión anticipada de voluntades que ya existe en Extremadura, como a nivel nacional, y en caso de esta persona se encuentre en un estado terminal y no pueda expresar su voluntad, automáticamente, el equipo médico que lo atiende acudirá a este registro para conocer la actuación clínica que el paciente desea para sí mismo. Vergeles pone como ejemplo que en este documento el paciente puede expresar que, ante una situación terminal en su vida, no se le apliquen procedimientos de soporte vital o cualquier otro tratamiento que prolongue "temporal y artificialmente" su vida. Según detalla Vergeles, en este testamento vital, la persona también puede expresar su deseo de donar sus órganos en el momento de su fallecimiento o bien designar a un representante que, en caso de demencia u otro motivo que no le permita manifestar su voluntad, actúe como interlocutor "válido y necesario" con el equipo sanitario que le atienda. En cualquier caso, el director general aclara que "no se admitirán documentos de expresión anticipadas de voluntades" que manifiesten prácticas médicas no recogidas en la legislación actual, ni tampoco actuaciones contrarias a la ética profesional. En estos casos, estas instrucciones no se podrán tener en cuenta. El documento de expresión anticipada de voluntades debe formalizarse por escrito y firmarse ante notario o bien ante la presencia de tres testigos, todos ellos mayores de edad y en plena capacidad de actuar. Además, dos de los testigos no deben tener relación de parentesco hasta el segundo grado ni estar vinculados por relación matrimonial ni patrimonial con el paciente. En este sentido, José María Vergeles observa que la guía de expresión anticipada de voluntades incluye un modelo orientativo del documento que se puede presentar, que también se puede encontrar en la web de la Junta de Extremadura. Una vez formalizado el documento y enviado al registro de expresión de voluntades anticipadas, Vergeles asegura que esta persona lo puede "revocar o modificar en cualquier momento y situación", siempre que mantenga las facultades mentales para realizarlo. El registro de expresión anticipada de voluntades de Extremadura se puso en marcha el 19 de enero y desde entonces se ha recibido alrededor de una decena de documentos, apostilla el director general, quien muestra su convicción de que con la información recogida en esta guía, se recibirán muchas más.