La empresa la ha trasladado al san Pedro cuando la sentencia dice que tiene que pasar al Huc

Exigen que dejen en su puesto a una limpiadora del Hospital Universitario de Cáceres

La afectada lleva inmersa en un litigio judicial que se remonta al año 2017. Su abogada dice que los traslados de puesto vulneran "todos sus derechos"

La abogada María José Segura Toro, ayer en su despacho en Cáceres.

La abogada María José Segura Toro, ayer en su despacho en Cáceres. / SILVIA SÁNCHEZ FERNÁNDEZ

Miguel Ángel Muñoz Rubio

Miguel Ángel Muñoz Rubio

Soraya Mahillo Díaz comenzó a trabajar como limpiadora en el Hospital Virgen de la Montaña en el año 2017 haciendo pequeñas sustituciones primero de vacaciones y después se le hizo interina para sustituir a una trabajadora que estaba liberada. En el año 2018, Soraya fue despedida por la UTE Tersum- Edifikare, «por no querer firmar un contrato diferente al que ya tenía, se la amenazó con que si no lo hacía se la despediría, cosa que así se hizo como un despido disciplinario», apunta su abogada, María José Iglesias Toro.

En la conciliación previa al juicio, se llegó a un acuerdo extrajudicial entre la empresa y su defendida, se le hacía un contrato reconociendo la antigüedad, que se convertiría en indefinido, en el momento que se incorporarse la persona a la que estaba sustituyendo, «y prometiéndole una duración mínima de dos años. Esta promesa no se cumplió porque en 2019 (el 3 de octubre) la empresa la volvió a despedir».

Según la letrada, el argumento que utilizó la empresa esta vez en la carta de despido, es que se la despedía porque se cerraba el hospital Virgen de la Montaña. Se llegó a juicio «y en la vista oral se demuestra que el despido nulo por vulneración de derechos fundamentales. Incluso se estableció una indemnización a favor de Soraya por esta vulneración de derechos que tuvo que abonar la UTE Tersum-Edifikare». Y también se estableció en la sentencia que Soraya podía elegir en cuál de las dos empresas: Edifikare o Tersum quería volver a trabajar, «porque se supone que la UTE Tersum-Edifikare ya había desaparecido y la otra UTE, Hospitales Cáceres UTE no había sido condenada».

Soraya pidió volver a trabajar en Edifikare, «porque sabía que esta empresa tenía a través de la UTE Hospitales Cáceres servicio de limpieza en el Hospital Universitario de Cáceres». Sin embargo, las empresas, «vulnerando nuevamente sus derechos establecidos en sentencia, la reincorporan en Tersum, impidiéndole elegir libremente, con la excusa de que Edifikare no tiene servicios de limpieza en Cáceres».

Según la abogada «esto significa que ha estado más de un año trabajando en la Biblioteca Pública y en el Archivo Provincial, solamente porque no querían llevarla al Complejo Hospitalario». Esto -dice Segura Toro- ha dado lugar a cuatro incidentes de readmisión: tres para solicitar la readmisión en la empresa y otro para que se le pagaran los salarios de tramitación. En el primer incidente se resuelve que es la actora la que tiene derecho a elegir, en el segundo que no se ha ejecutado la sentencia y que Edifikare puede integrar perfectamente a la actora en su plantilla, pues es también adjudicataria del servicio de limpieza del Hospital San Pedro de Alcántara y Hospital Universitario de Cáceres. Y un tercer incidente, donde la empresa no está dispuesta a integrar a la actora en su plantilla. En base a esta consulta se emite un tercer auto donde dice que la sentencia se ha ejecutado.

Este incidente se recurre al Tribunal Superior de Justicia de Extremadura «y nos dan la razón diciéndonos que la sentencia no se ha ejecutado y que debe ejecutarse. Al mismo tiempo y como el resto de sus compañeros habían pasado subrogados a la UTE Hospitales Cáceres y desde el Hospital Virgen de la Montaña habían pasado al Universitario presentamos la demanda de subrogación y el Juzgado número 1 de lo Social de Cáceres nos da la razón y nos dice que Soraya debe pasar subrogada como todas sus compañeras al Hospital Universitario».

La empresa recurre esta sentencia al Tribunal Superior de Justicia de Extremadura y este dice nuevamente que Soraya debe pasar subrogada como sus compañeras. El pasado mes de noviembre se la avisa que deje de trabajar en la Biblioteca y en el Archivo («que además estaba a media jornada en cada uno de los sitios») e «incluso hemos tenido que estar quejándonos que no se le daba los carros de limpieza, que no se le daba la uniformidad completa etc».

La demandante pasa al Hospital Universitario, a la unidad de quirófanos, en turno de mañana, que es el que ella tenía consolidado y con el convenio del complejo hospitalario. El día 22 de diciembre recibe una comunicación que dice que pasa al Hospital San Pedro de Alcántara «por necesidades del servicio» a partir del día 23 de diciembre. «De nuevo se vuelven a vulnerar los derechos de la actora y con graves consecuencias para la misma. Se olvida que hay varias sentencias firmes. Y Soraya, que ya estaba bastante tocada, tiene que ir a Urgencias, donde es dada de baja por crisis de ansiedad». La empresa la ha trasladado «sin su consentimiento al Hospital San Pedro de Alcántara» cuando la sentencia de subrogación dice que tiene que pasar al Hospital Universitario.

«Este cambio -apunta la letrada- no es tan simple; tiene una gran trascendencia: por un lado vulnera todos los derechos de Soraya, no cumple ninguna de las sentencias ganadas y por otro vulnera los derechos de los demás compañeros porque a ellos no se les aplica el mismo convenio que a Soraya, que es lo que debía hacerse por la empresa ya que en las plicas que la empresa aceptó para quedarse con la contrata se decía que el convenio era el del complejo hospitalario, pero no se aplica».