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es una de las novedades que puede aprobarse

Las empleadas del hogar tendrán un contrato indefinido

El contrato tipo para los empleados de hogar será indefinido y se formalizará por escrito, eliminándose así el sistema actual de contrato temporal anual sin causa justificada que se prorroga tácitamente por periodos anuales. Esta es una de las principales modificaciones que podrían introducirse en el Real Decreto que regula la relación laboral de los empleados de hogar según el documento elaborado por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales al que ha tenido acceso EFE.

La propuesta, que ha sido enviada a los interlocutores sociales (CCOO, UGT y CEOE) y que "podría" entrar en vigor en 2008, según fuentes del Ministerio, contempla que, a diferencia de la regulación actual, que establece que el contrato puede celebrarse tanto por escrito como de palabra, se formalice obligatoriamente por escrito y, en defecto de pacto, se presumirá "indefinido y a tiempo completo". Además, el empleador deberá comunicar el contenido de la contratación al Servicio Público de Empleo, aunque se deberán articular los mecanismos que faciliten esta obligación a los cabezas de familia.

En cuanto a la extinción del contrato de trabajo, que actualmente se puede hacer sin causa justificada, en el futuro se exigirá que exista dicha causa para la terminación de los contratos temporales. Con respecto a las retribuciones, se mantendrá la regulación actual, por la que el empleado de hogar tiene derecho a percibir el importe del salario mínimo interprofesional vigente en cada momento pero sin permitir la retribución en especie, como alojamiento y manutención con descuento en el importe de la remuneración en efectivo. "En ningún caso", recoge el documento, podrían establecerse descuentos por manutención, cuando la persona que hace las funciones del cuidado del hogar lleva a cabo las funciones de preparación de alimentos.

Horarios y vacaciones

El horario, a diferencia de la norma actual, se fijará por acuerdo entre las partes, no unilateralmente por el empleador y necesariamente deberá mediar, entre una y otra jornada diaria de trabajo, un mínimo de 12 horas. En el caso de los internos, que pernoctan en el hogar, el descanso entre jornadas se podría reducir a 10, compensando el resto en periodos más amplios.En el descanso semanal se establecerán 36 horas consecutivas que, como regla general, comprenderán la tarde del sábado o la mañana del lunes y el día completo del domingo.

La regulación de las vacaciones se mantendrá en los términos actuales (30 días naturales de los que al menos 15 deben disfrutarse de forma continuada), y establece la garantía de estos quince días ininterrumpidos. A efectos de la Seguridad Social y la inclusión del trabajador en el Régimen de Empleados de Hogar el documento entiende que se considerará a tiempo completo a quien preste sus servicios de 40 horas semanales o una prestación entre 20 y 40 horas a la semana cuando el servicio sea para un solo empleador.

A los mismos efectos, un empleado de hogar a tiempo parcial será aquel que preste sus servicios entre 20 y 40 horas semanales en distintos hogares. Los responsables de la cotización, al igual que para determinar la obligación de comunicar el alta, se determinará en función de la jornada, de tal forma que en el caso de los empleados a tiempo completo, será el titular del hogar familiar.

En el caso de los empleados a tiempo parcial, el titular del hogar será el obligado a cotizar cuando el trabajador le preste sus servicios por 20 o más horas semanales, mientras que será el propio trabajador quien deberá cotizar cuando desarrolle su actividad para varios empleadores por un tiempo inferior a veinte horas para cada uno de ellos y que entre todas las actividades computen dicha cifra. La nueva normativa adecuará la legislación laboral y la de Seguridad Social, que en la actualidad presentan una "discordancia", ya que, actualmente, la primera limita el concepto de empleador al titular del hogar familiar, mientras que en la segunda se contempla a un grupo de personas que convivan en una vivienda.

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