Normativa: Los textos vulnerados
Artículo 14 de la Constitución Española. Establece que "los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social". Este es uno de los derechos fundamentales, incluídos en el Título I, que limitan a los demás.
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Artículo 59.1 del Real Decreto 2816/1982, por el que se aprueba el Reglamento General de Policía de Espectáculos y Actividades Recreativas. Establece que "el público no podrá entrar en el recinto o local (público, de cualquier tipo) sin cumplir los requisitos a los que la empresa tuviera condicionado el derecho de admisión, a través de su publicidad o mediante carteles colocados en los lugares de acceso, haciendo constar claramente sus requisitos". Estos han de constar siempre por escrito junto a la puerta de acceso.
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