Las sustituciones docentes serán inmediatas en los centros pequeños
La Secretaría General de Educación ha publicado la instrucción que regula varios aspectos del inicio del curso, entre los que destacan las sustituciones del profesorado. Actualmente el decreto 14/2012 establece que las sustituciones se realizarán pasados los primeros diez días lectivos, pero la administración regional fija la cobertura "inmediata" de las vacantes en cuatro supuestos: cuando el profesor sustituido atienda alumnado con necesidades educativas específicas, cuando preste servicios en centros con menos de dos líneas educativas --no se especifica en los CRA--, cuando imparta docencia en 2º de Bachillerato y cuando la baja sea por maternidad o paternidad.
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