«El pistoletazo de salida para el desarrollo de la ley en Extremadura». Así lo definen desde la Junta. El Consejo de Gobierno tiene previsto aprobar hoy el decreto que desarrollará la nueva normativa sobre la eutanasia en la región. De este modo, quedará constituida la comisión de garantías y el registro de objetores de conciencia destinado a profesionales sanitarios que no quieran realizar la prestación de ayuda a morir.

Habría que recordar que esta ley fue aprobada en el Consejo de Ministros el pasado mes de marzo. La norma debía entrar en vigor a los tres meses de obtener luz verde, de manera que tendría que haber sido a finales de junio cuando empezara a aplicarse en la comunidad a través de un decreto propio. De momento, se han dado los primeros pasos.

La resolución que explica en qué consisten tanto la comisión de garantías como el registro de objetores se publicó a principios de junio en el Portal de Transparencia de la Junta. En la misma se recoge: «La objeción deberá manifestarse anticipadamente y por escrito, para ello las administraciones sanitarias crearán un registro de profesionales sanitarios en el que se inscribirán las declaraciones de objeción y que tendrá por objeto facilitar la necesaria información para garantizar una adecuada gestión de la prestación de ayuda para morir. Este registro se someterá al principio de estricta confidencialidad y a la normativa de protección de datos de carácter personal». 

En este sentido, la ley establece que cuando un médico se acoja a la objeción de conciencia, debe nombrarse a otro que examine al paciente y evalúe si reúne los requisitos que establece la norma.

En cuanto a la comisión de garantías de la eutanasia, será de carácter multidisciplinar y deberá contar con un número mínimo de siete miembros entre los que se incluirán personal médico, de enfermería y juristas.

El papel de esta comisión será, básicamente, decidir sobre las peticiones de los pacientes.

Lo que existe hasta ahora

Hasta el momento, la opción que existe en Extremadura es el Registro de Expresión Anticipada de Voluntades, un documento por el que una persona mayor de edad manifiesta su voluntad, para el caso de encontrarse en situaciones en las que no sea capaz de expresarla personalmente, sobre los cuidados y el tratamiento de su salud que quiere recibir. También puede plasmar su consentimiento para que, al fallecer, su cuerpo o sus órganos sean donados y empleados en trasplantes o para la investigación.

Este testamento vital está en vigor en la región desde 2008 y desde entonces 2.275 extremeños se han inscrito en él.

LAS CLAVES

El concepto de qué es eutanasia

«Eutanasia activa es la acción por la que un profesional sanitario pone fin a la vida de un paciente de manera deliberada y a petición de este, cuando se produce dentro de un contexto eutanásico por causa de padecimiento grave, crónico e imposibilitante o enfermedad grave e incurable, causantes de un sufrimiento intolerable». Así lo define la nueva le

¿Quién puede pedirla?

«Tener la nacionalidad española o residencia legal en España o certificado de empadronamiento que acredite un tiempo de permanencia en territorio español superior a 12 meses, tener mayoría de edad y ser capaz y consciente en el momento de la solicitud». Esos son los requisitos que recoge la normativa para poder hacer uso del derecho a morir dignamente.

¿Cómo es el proceso de solicitud?

El interesado debe solicitar la eutanasia primero dos veces por escrito (o por otro medio que deje constancia, por ejemplo si la persona no puede escribir) separados por 15 días. En ambas ocasiones el tribunal médico lo analizará y el paciente tendrá que volver a confirmar su solicitud. Y una vez que la comisión de evaluación apruebe el proceso, el paciente deberá volver a asentir.

¿Dónde y quién la aplica?

«La prestación de la ayuda para morir se realizará en centros sanitarios públicos, privados o concertados, y en el domicilio» del paciente. Así lo recoge la normativa aprobada a nivel nacional, cuya puesta en práctica será prácticamente similar en Extremadura a través del decreto regional. Su aplicación queda a cargo del médico responsable del proceso.

España, quinto país del mundo

La aprobación de la ley de eutanasia convirtió a España en el quinto país del mundo en regular este derecho. Así, se unía a Holanda, Bélgica, Luxemburgo y Canadá. Cuando se aprobó en el Consejo de Gobierno obtuvo 202 votos a favor (PSOE, Podemos, BNG, ERC, JxCat, Más País, Bildu, PNV, CUP y Ciudadanos), 141 en contra (PP, Vox, UPN y Foro Asturias) y dos abstenciones.