El aumento de las insolvencias en la región

El final de la moratoria dispara la presentación de concursos en Extremadura

Los solicitados por empresas casi se triplicaron en el tercer trimestre de 2022. La entrada en vigor de la nueva normativa también ha contribuido a este incremento

El final de la moratoria dispara la presentación de concursos en Extremadura

El final de la moratoria dispara la presentación de concursos en Extremadura / Andrés Cruz

El final de la moratoria concursal ha disparado la presentación de concursos de acreedores en Extremadura. Vigente desde marzo de 2020 y hasta el pasado 30 de junio, esta medida ofreció una dispensa temporal a la obligación de pedir la declaración de concurso para todas aquellas empresas que se encontraran en una situación de insolvencia, ya fuera actual o prevista.

Tras su finalización, entre julio y septiembre del 2022, los primeros tres meses sin este periodo de gracia, llegaron a los juzgados extremeños un total de 102 expedientes de este tipo, 72 de ellos de empresas y 30 de personas físicas no empresarios. La cifra se quedó a las puertas de doblar la que se había obtenido en igual trimestre del ejercicio anterior y en el caso de los de empresas la multiplicó casi por tres. 

Una gran parte de los concursos que se han presentado al terminar este periodo de suspensión (que no impedía, eso sí, que el deudor lo solicitara de forma voluntaria) han sido sin masa, es decir, que la sociedad carece de activos, o estos no tienen valor, con los que hacer frente a sus pasivos. «En líneas generales son empresas que están muy endeudadas y que hasta ahora habían ido sorteando la situación de insolvencia al no haber tenido la obligación legal de presentar concurso», apunta José Manuel Mariño, presidente del Colegio de Gestores Administrativos de Extremadura. A su juicio, estas compañías, denominadas zombis en la jerga concursal, tenían que haber entrado en concurso «mucho antes», ya que considera que la moratoria, que beneficiaba a todas las empresas por igual, proviniesen o no sus problemas de la pandemia, no debió extenderse más allá de «seis meses o un año», por lo que se las ha mantenido vivas artificialmente.

«En líneas generales son empresas que están muy endeudadas y que hasta ahora habían ido sorteando la situación de insolvencia al no haber tenido la obligación legal de presentar concurso»

José Manuel Mariño

— Presidente del Colegio de Gestores Administrativos de Extremadura

Lo previsible es que en los datos del último trimestre de 2022 se aprecie «un incremento aún mayor» en el volumen de procedimientos iniciados, prevé Ana Beatriz Gamero, directora del departamento de Mercantil del despacho Montero Aramburu. Una de las razones es que hay empresas que han optado por presentar antes el preconcurso «y han agotado los cuatro meses» de plazo antes de pedir ya el concurso, lo que ha sucedido a finales de octubre. En otros casos, añade, firmas en situación de insolvencia prefirieron aguardar a la entrada en vigor de la reforma concursal a finales de septiembre pasado por las ventajas que le podía ofrecer este cambio normativo. 

De hecho, «el objetivo principal» de esta nueva ley es que la compañía no llegue a entrar en concurso por lo que «se han centrado en desarrollar instrumentos preconcursales, fundamentalmente los planes de reestructuración, con la idea de facilitar que las compañías lleguen a acuerdos con la totalidad de los acreedores, no solamente con los financieros», puntualiza este experta. A través de estos mecanismos se busca que aquellas firmas con más visos de poder seguir adelante se alejen del control judicial, «porque una vez que entran en el juzgado, la experiencia nos dice que todo es tremendamente burocrático y lento».

«La nueva ley se ha centrado en desarrollar instrumentos preconcursales, fundamentalmente los planes de reestructuración, con la idea de facilitar que las compañías lleguen a acuerdos con la totalidad de los acreedores, no solamente con los financieros»

Ana Beatriz Gamero

— Directora del departamento de Mercantil del despacho Montero Aramburu

Con esta reforma de la Ley Concursal se han flexibilizado los procesos y acortado los tiempos. «La norma lo que pretende es, en aquellos supuestos en los que la compañía tenga cierta viabilidad, plantear la fase de convenio en un momento mucho más temprano que antes y, en aquellas en que no se vea posible su viabilidad, que la liquidación también se haga con anterioridad y sea más rápida», explica Gamero. Antes de la reforma, conforme a los datos de 2021 del CGPJ, un concurso de acreedores se prolongaba en España de promedio 44,6 meses, más de tres años y medio. «Eso ni beneficiaba a los acreedores ni a las compañías que pudieran tener cierta viabilidad», razona. Unos plazos que se quieren reducir ahora, si bien reconoce que la carga de trabajo y la «falta de medios» de los juzgados complicarán este objetivo.

Previsiones para 2023

Si por un lado los instrumentos incluidos en la nueva ley concursal pueden contribuir a frenar las quiebras de empresas, por otro, las perspectivas económicas para el presente año, como mínimo de incertidumbre, invitan a pensar en el efecto contrario. «La situación se ha agravado con el incremento de los tipos de interés. Lo que pagan las empresas por sus préstamos está aumentando un 20% o 30%», arguye José Manuel Mariño que, con todo, confía en que después de este primer trimestre se desacelere el ritmo de solicitud de concursos.

La devolución de los ICO, otro factor de riesgo

La devolución de los créditos ICO que se concedieron durante la pandemia, avalados por el Gobierno, es otro de los elementos que amenaza con estrangular a muchas empresas. Pymes y autónomos están asegurando, además, que hubo mala praxis por parte de algunas entidades financieras a la hora de informar y comercializar estos créditos e incluso ya se ha credo una plataforma de afectados para llevar este asunto a los tribunales. 

En «muchos» casos las empresas desconocían «cuánto cubría el Estado y cuánto avalaban ellos. «La mayoría de entidades financieras hicieron cubrir el 100% del ICO al cliente, que pensaba que solo estaba cubriendo una parte», puntualiza Carlos Arjona, socio de Liberal y Arjona Asesores. De esta manera, el banco ahora «no tiene por qué reclamarle un porcentaje al empresario y otro al Estado, sino que puede reclamarle al empresario el 100% y solo luego, si este no paga, le reclama al Estado la parte correspondiente», apostilla el responsable de este despacho cacereño, que señala que ya se está apreciando un incremento de la morosidad a causa del impago de estos créditos.

«Hemos tenido el sistema de alguna forma ‘dopado’ con estos créditos, pero el problema que viene ahora es que hay que devolverlos. Muchas de las empresas no están en condiciones de hacerlo y probablemente se vean abocadas a una situación de insolvencia», pronostica por su parte Óscar Romero, del departamento de Mercantil del despacho Montero Aramburu.

«Muchos de los que los solicitaron están cayendo», asevera José Manuel Mariño. Las pymes y autónomos «se lanzaron» a solicitarlos «porque había muchas facilidades», pero tras el fin de la moratoria concursal, «si no han conseguido reactivar sus empresas», van a verse en dificultades para devolverlos, augura José Manuel Mariño, presidente del Colegio de Gestores Administrativos de Extremadura, que tacha estos préstamos de «una ayuda muy envenenada» que en ocasiones se utilizó de manera «torticera». Hubo entidades que «lo que hicieron fue «zanjar deudas anteriores de la empresa y darle un nuevo préstamo con garantía ICO y así el riesgo se lo garantizaban», aduce, algo que, en teoría, no estaba permitido realizar.

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