El nuevo Estatuto del Empleado Público pretende dar un giro copernicano a la gestión de la función pública. El objetivo es que todas las administraciones estén dirigidas por equipos de gestores contratados a través de criterios empresariales que sean capaces de aplicar parámetros estrictamente profesionales.

El capítulo tercero del anteproyecto de ley define al empleado público e incluye una nueva categoría llamada personal directivo . Según explica el texto legal, este colectivo "es el que desarrolla funciones directivas profesionales en las Administraciones Públicas" cuyo especial régimen jurídico será establecido por el Estado y por las autonomías "a través de órganos especializados" y según "criterios de mérito, capacidad e idoneidad".

Este personal directivo será "evaluado con arreglo a parámetros de eficacia, responsabilidad y resultados" y sus "condiciones de empleo no serán "objeto de negociación a los efectos de esta ley".

CRITERIOS DE SELECCION El secretario general de Administraciones Públicas, Francisco Velázquez, admite que este staff, "contratado con criterios empresariales y profesionales", estará integrado también por no funcionarios. Pero insiste en que este cuerpo estará formado en su mayoría por funcionarios aunque el criterio de selección será distinto al del resto de los empleados públicos y parecido al sector privado. Cuando cesen, estos directivos "no perderán su nivel retributivo para atraer profesionales y evitar la fuga de los mejores funcionarios al sector privado", puntualizó Velázquez.