Acaba el año y se avecina una reforma fiscal que entrará en vigor en enero y que modifica la tributación del ahorro, que se gravará con un tipo fijo del 18%, lo que supone un encarecimiento del 20% para las plusvalías obtenidas en más de un año.

Esas mismas ganancias generadas en un periodo superior a los 12 meses pagan hasta el 31 de diciembre un 15%. A partir del 1 de enero, lo harán al 18%. En contrapartida, las operaciones con menos de 12 meses pagarán siempre el 18%, lo que es una gran ventaja para todas las rentas superiores a ese umbral.

La pregunta es: ¿hay que realizar ganancias o pérdidas antes del 31 de diciembre para pagar menos a Hacienda? Los expertos aconsejan analizar la situación pues, según las circunstancias, el ahorro puede ser importante. Blanca Jarabo, adjunta a la dirección de Planificación Patrimonial de Fortis, ve incluso opciones de ahorro fiscal con los inmuebles. Si tenemos una vivienda comprada hace más de un año y la queremos vender, nos puede convenir cerrar la operación de forma inmediata.

TRES PUNTOS DE DIFERENCIA ¿Por qué? Porque esa operación, dentro del 2006, aún tributará al 15% en el IRPF, mientras que a partir del 2007 lo hará al 18%. Son tres puntos más sobre una suma elevada, aunque difícilmente nadie venderá la casa por esa razón, a no ser que ya lo tuviera previsto, admite Jarabo.

Pero las participaciones en fondos de inversión y las acciones sí son activos más fácilmente realizables. El plazo en el que se obtienen las ganancias o pérdidas es esencial con el sistema que rige hasta el final de este año, recuerda Rubén Gimeno, del Registro de Economistas Asesores Fiscales.

Si los activos financieros fueron adquiridos dentro de este mismo ejercicio, será conveniente realizar plusvalías si es que cargamos con pérdidas del mismo periodo (un año o menos) pendientes de compensar del periodo 2002-2006. Por tanto, es posible recortar el importe de la ganancia patrimonial que tributa e incluso eliminarla si los números rojos son iguales a las plusvalías.

Si se carga con pérdidas en un fondo o acciones comprados en el 2006 también será conveniente vender en caso de disponer de plusvalías. Eso no es difícil en un ejercicio de récord bursátil.

Si no hay posibilidades de rebajar el importe que tributa, es recomendable mantener posiciones o traspasar participaciones a otro fondo más atractivo (este cambio no tributa) y esperar a partir del año que viene, ya que las plusvalías siempre tributarán al 18%. En cambio, en el 2006 el plazo aún influye y, si se han obtenido en menos de 1 año, se tributará al tipo marginal del contribuyente (hasta el 45%).

En el supuesto de que los activos financieros tengan más de un año habrá que operar de la misma manera: aprovechar la coexistencia de ganancias y pérdidas generadas en el mismo plazo. En cualquier caso, habrá que tener en cuenta que las compensaciones entre pérdidas y ganancias patrimoniales pueden llegar hasta el 31 de diciembre al 10% del resto de ingresos. A partir del 2007, el techo será el 25%, pero sin computar las rentas del ahorro. Será imprescindible hacer el cálculo antes. En todo caso, el IRPF y el patrimonio están ligados y "lo que no se paga por renta puede acabar pagándose por patrimonio", dice Jarabo.