La Audiencia Nacional condenó ayer al exdirigente de ETA Francisco Javier García Gaztelu, Txapote , a 30 años de prisión por asesinar en enero de 1995 al concejal del PP en San Sebastián Gregorio Ordóñez. El tribunal le prohíbe, además, ir al lugar donde se cometió el delito o donde reside la familia durante cinco años una vez haya cumplido la pena.

La sección primera de la Sala de lo Penal reconoce que no se ha podido determinar "con exactitud" si fue Txapote el que disparó a Ordóñez por la espalda. Pero sostiene que este hecho es "penalmente irrelevante" dado que está acreditado que formó parte de la preparación y ejecución del atentado.

Dos de los acompañantes de Ordóñez, la presidenta del PP en el País Vasco, María San Gil, y Enrique Villar, no pudieron identificar en el juicio al asesino, porque el disparo fue "rápido y sorpresivo". Es la segunda vez que la sección primera --que además le condena a pagar 500.000 euros a la familia de Ordóñez-- utiliza como única prueba de cargo la declaración de un coimputado, en este caso, de Valentín Lasarte, ya condenado por este asesinato. El Supremo y el Constitucional fijan que para que las declaraciones de un imputado destruyan la presunción de inocencia deben ser corroboradas por una prueba externa.