Cada día, tras un atril en la Moncloa, se da cuenta de las personas que se han saltado el confinamiento para romper la extraña calma que coloniza las calles. La cifra no deja de engordar mientras los portavoces insisten en el buen comportamiento generalizado y sacan pecho frente a las cámaras. Pero más de 40 días después de esta nueva rutina, empiezan a crecer las dudas sobre actuaciones excesivas, arbitrarias en muchos casos, y de difícil encaje legal. Un día después de que entrara en vigor el estado de alarma, Interior emitió una orden que remite al Código Penal para posibles delitos y al artículo 36.6 de la ley de seguridad ciudadana para sancionar los comportamientos que no sean delictivos. Una norma que el PSOE recurrió al Constitucional y de la que precisamente criticaba, entre otras cosas, las «multas desproporcionadas» que incluía.

Desde el 14 de marzo se acumulan 776.823 propuestas de multa. En todo 2018, último año del que se han publicado datos, las sanciones por infracciones relacionadas con la llamada ley mordaza alcanzaron las 249.665. Si se tienen en cuenta solo las relacionadas con el artículo 36.6, fueron 13.413. El Defensor del Pueblo ha solicitado a Interior información para comprobar si se actúa de forma «correcta».

Interpretación de la norma

«Es un número excesivo, porque hay bastante inseguridad jurídica sobre lo que se puede y no se puede hacer. La casuística de sancionados es enorme», señala a este diario Alberto González, de AGM Abogados. En ello coinciden todos los expertos consultados. El letrado cree que el texto del decreto «deja un margen absolutamente discrecional para decidir qué es lo que se puede sancionar o no», lo que provoca una «inseguridad patente». Un mes después de la entrada en vigor del estado de alarma, Interior se vio obligado a enviar una guía a las delegaciones del Gobierno para unificar criterios sobre cómo elaborar las propuestas de sanción.

«Se está haciendo una interpretación de la norma que no está en el decreto», sostiene el abogado penalista José María De Pablo, del bufete Mas Calvet. «En el decreto se prohíbe circular por las vías públicas, pero las zonas comunes de la comunidad de vecinos no lo son, así que esas sanciones yo entiendo que son nulas». Los tres juristas coinciden en poner como ejemplo los supermercados y las compras, que sí están permitidas para el ciudadano en general. El decreto no dice que haya que acudir al más cercano, puesto que este puede ser también el más caro o no tener los que queremos. Hubo alguna provincia en la que se multó a ciudadanos por compras que los agentes no creían de primera necesidad.

Denuncias sin recorrido

«La denuncia va a depender mucho de la interpretación del agente que te toque, porque el decreto no recoge los supuestos específicos», sostiene Inmaculada López, colaboradora de ATD Abogados. «El 90% no va a prosperar, y es una opinión mayoritaria entre mis compañeros». Son sanciones con cuantías elevadas, de 601 a 10.400 euros, por lo que es de esperar que haya bastantes recursos, y en las redes sociales ya se están moviendo modelos para hacer alegaciones.

Para Patricia Goicoechea, abogada y vicepresidenta de Rights International Spain, no solo son «preocupantes» las sanciones, sino también las detenciones vinculadas al confinamiento, en las que hay «aparente arbitrariedad». Ya son 6.933 personas detenidas. Ante las dudas de algunas delegaciones del Gobierno por los arrestos, la Abogacía del Estado cuestionó en un informe al que tuvo acceso Europa Press la tipificación de la desobediencia por el mero incumplimiento del confinamiento. Y las primeras decisiones de los tribunales parecen darle la razón.

La Guardia Civil difundió hace unos días en redes la detención, por un presunto delito de odio, de un hombre que publicó un vídeo en el que aseguraba que había viajado de Madrid a Torrevieja para contagiar a los vecinos. «Hay un esfuerzo por practicar detenciones para después venderlas a la sociedad en las cuentas oficiales de Policía y Guardia Civil, y parece que no se corresponden con delitos».