Francisco Pérez de los Cobos, presidente del Tribunal Constitucional desde hace un mes, pagó cuotas como militante del PP durante años y hasta 2011, una adscripción política que algunas fuentes jurídicas no ven incompatible con su cargo, mientras otras creen que destruye su independencia.

El diario "El País" ha informado hoy, a cuatro columnas en la primera página de su edición en papel y de la versión digital, de que "El presidente del Tribunal Constitucional figura en la lista de afiliados del PP".

El diario apunta también que "La Constitución prohíbe a jueces y magistrados pertenecer a partidos políticos y exige total independencia" y que "Pagó cuotas de militante en 2011 siendo ya magistrado y omitió su vínculo político cuando compareció en el Senado".

El alto tribunal no tenía previsto a primera hora de esta mañana emitir ningún comunicado a este respecto, han informado a Efe fuentes de la institución que no han desmentido la noticia.

Por otra parte, algunas fuentes jurídicas han considerado, en conversación con Efe, que la militancia en un partido no es incompatible con la posición de magistrado del TC (y por tanto tampoco con el cargo de presidente).

Estas fuentes han recordado que la Constitución establece que dicha magistratura no puede ejercerse mientras se desempeñan "funciones directivas en un partido político o en un sindicato" y destacan que una cosa es ser militante y otra distinta ser dirigente.

La Ley Orgánica del TC se pronuncia en un sentido similar cuando establece la incompatibilidad del cargo de magistrado "con el desempeño de funciones directivas en los partidos políticos, sindicatos, asociaciones, fundaciones y colegios profesionales y con toda clase de empleo al servicio de los mismos".

Otras fuentes consideran que la militancia de Pérez de los Cobos sí es incompatible con sus responsabilidades y recuerdan que el Artículo 159.5 de la Constitución obliga a los magistrados del TC a ser "independientes", algo que consideran una condición básica, a la que luego hay que sumar no incurrir en incompatibilidades.

Además, estas fuentes entienden que el ejercicio de la magistratura en el Constitucional equivale a desarrollar la función de un juez, de modo que sus incompatibilidades son las mismas que la ley establece para los titulares de un juzgado o los miembros de un tribunal.

Junto a ello, añaden que el hecho de ser militante del PP puede ser causa de recusación del presidente del TC, que tiene voto de calidad, para que intervenga en multitud de asuntos.