Las dos primeras semanas de aplicación del nuevo Código Penal se han cerrado con una sorprendente disparidad de condenas --entre 20 y 60 días de trabajos comunitarios por la misma alcoholemia-- que la fiscalía de seguridad vial trata de atajar instando a conformarse con la pena más baja, esos 20 días, cuando no existen agravantes. Una filosofía que las víctimas de accidentes de tráfico, partidarias de la penas de cárcel, no entienden y que ayer criticaron con dureza.

Como ejemplo, valga que los cinco primeros condenados en Cataluña por superar los 0,60 miligramos de alcohol por litro de aire espirado salieron el 4 de diciembre de los juzgados de Cerdanyola con penas de entre 50 y 60 días de trabajos para la comunidad, multas de más de 2.000 euros y suspensiones de carnet de bastante más de un año. Ninguno de ellos superaba en mucho el 0,60 ni había sido pillado causando un riesgo a la circulación, sino en un control preventivo. Es decir, no había agravantes. Pero conductores cazados en los días posteriores están recibiendo las condenas más bajas que permite la ley cuando media la conformidad del acusado: 20 días de trabajos, multa de 600 euros y suspensión de permiso de ocho meses.

¿Que ha ocurrido? ¿Es que los primeros pillados pagaron la novatada de tener un abogado de oficio inexperto? Aunque el fiscal coordinador de Seguridad Vial, Bartolomé Vargas, se niega a entrar en la casuística concreta, de sus palabras se deduce que algo de eso puede haber ocurrido. Las orientaciones que ha impartido hasta ahora el fiscal es que en los casos en que el acusado admita la condena y no existan "circunstancias añadidas" se opte por la mencionada banda baja de las penas. Los agravantes serían, por ejemplo, haber detenido al conductor tras ver una conducta peligrosa, que la alcoholemia supere los 0,90 miligramos o que existan antecedentes.

PRISION CON ANTECEDENTES "Solo en el caso de que el conductor tenga antecedentes penales somos partidarios de plantearnos pedir las penas de cárcel previstas", advirtió Vargas, para quien la banda baja de las penas es suficiente para disuadir al infractor no contumaz. "Sale del juzgado con antecedentes penales y sin poder conducir en mucho tiempo. Con la ventaja, en los casos de conformidad, de que la pena se aplica de modo inmediato. Al día siguiente ya no puede conducir", añade.

De todos modos, el fiscal especial destaca que es muy pronto para hacer una valoración. No se ha celebrado más que algún juicio como tal, sin conformidad. Cuando haya pasado más tiempo, quizá hacia el mes de marzo, el fiscal general, Cándido Conde Pumpido, dictará una instrucción de unificación de criterios.

Pumpido deberá tener en cuenta entonces la opinión de la las víctimas. La presidenta de Stop Accidentes, Ana María Campo, se mostró ayer decepcionada por "el escaso rigor" mostrado hasta ahora por la justicia. "Los asesinos del tráfico están seguros de que no habrá cárcel para ellos", declaró después de "llorar y abrazar" al hijo de la víctima del conductor ebrio que el sábado mató a un vecino de Mataró y de conocer el caso de Anoia.

"Si no hay sentencias rápidas y rigurosas, que incluyan el decomiso del vehículo y la prohibición de conducir de por vida cuando hay víctimas, seguiremos igual", añadió, decepcionada. A su juicio es un mal indicio que, pese al endurecimiento penal, mil conductores hayan sido pillados desafiando los nuevos límites en solo dos semanas.