LOS HOMOSEXUALES SERAN BENEFICIARIOS DE DERECHOS SIMILARES A LOS DE CUALQUIER MATRIMONIO.
ADOPCION
La ley actual no prohíbe a un gay adoptar de manera individual, pero sí como pareja. Los matrimonios del mismo sexo podrán hacerlo, salvo que choquen con las leyes de otros países.
HERENCIAS
En caso de fallecimiento de uno de los cónyuges, podrán heredar entre un tercio y el 50% de todos los bienes, salvo que haya separación.
DIVORCIO
Se regirán por las mismas normas que las heteros. Tendrán derecho a una pensión compensatoria si hay desequilibrio económico. El juez fijará el régimen de visitas en caso de que se tengan hijos.
PENSIONES
Podrá aumentar la de jubilación si tiene un cónyuge a su cargo y se podrá cobrar la de viudedad.
FISCALIDAD
Podrán hacer la declaración del IRPF conjunta y disfrutar de las rebajas fiscales al matrimonio.
LABORALES
Tendrán derecho a traslados si la pareja trabaja en la misma empresa y disfrutar de permisos a la vez.