RESOLUCIÓN JUDICIAL

Un vecino de Plasencia, exonerado de pagar una deuda de 19.297 euros, tras quedarse sin ingresos por el covid

Es un autónomo que se acogió a la ley del 2015 de segunda oportunidad; debía 17.700 euros a dos bancos y otros 1.500 a una compañía de teléfonos

Una persona, operando en un cajero de una entidad bancaria.

Una persona, operando en un cajero de una entidad bancaria. / EL PERIÓDICO

Raquel Rodríguez Muñoz

Raquel Rodríguez Muñoz

La pandemia del covid ha dejado a muchas personas que tenían un trabajo y un sueldo mensual sin ingresos y sin posibilidad de pagar sus deudas. Es lo que le pasó en el 2020 a un vecino de Plasencia que prefiere guardar el anonimato y a quien un juzgado cacereño ha concedido la exoneración de una deuda de 19.297,14 euros, tras acogerse a la Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social.

El juzgado considera que este placentino cumplía los requisitos para serle exonerada la deuda, por lo que le ha reconocido este beneficio en una resolución contra la que no cabe recurso. Únicamente, si en el plazo de 5 años recibiera «una herencia, un legado o le tocara la lotería», cualquier acreedor podría solicitar la revocación de este beneficio.

Lo explica Ana Isabel García, directora letrada del despacho de abogados Repara tu Deuda, que ha llevado el caso. Señala que su defendido daba clases particulares y, a raíz del confinamiento por el covid, se quedó sin ingresos.

«Llevaba varios años como autónomo, sin problemas económicos, pero en marzo del 2020 dejó de percibir ingresos, a la vez que tenía que seguir pagando los bienes de primera necesidad y los gastos de autónomo».

Por eso, «tuvo que solicitar préstamos» para ir haciendo frente a las deudas, pero finalmente, se quedó sin posibilidad de afrontarlas. En concreto, dos deudas con sendos bancos por un valor global de 17.797,14 euros y otra con una compañía de teléfonos, de 1.500 euros.

Según explica García, se habló con los acreedores para intentar llegar a un acuerdo, pero no se consiguió, por lo que decidió acogerse a la llamada Ley de segunda oportunidad.  

Requisitos para acogerse a la Ley

Para hacerlo, la abogada explica que la deuda no puede superar los 5 millones de euros; el deudor no debe haber sido condenado por un delito socioeconómico en diez años; debe haber intentado negociar con los bancos antes de acudir al juzgado; poner los bienes que tenga a disposición del proceso y no debe ocultar sus ingresos y bienes y sí colaborar con el procedimiento.

 Dado que la fase extrajudicial de intento de acuerdo no obtuvo resultado, se presentó la demanda en el juzgado, que lo ha tramitado «bastante rápido porque se ha acreditado que no podía pagar, es un claro ejemplo de persona afectada por la pandemia».

En este sentido, García considera que, si antes del covid esta ley era «necesaria, ahora es imprescindible» porque hay mucha gente en la misma situación que este placentino. Pero afirma que muchas personas desconocen su existencia porque «a los bancos no les interesa que se sepa y los organismos públicos tampoco lo han divulgado suficiente».

No obstante, las sentencias ganadas y el boca a boca, han hecho que aumenten los casos. En Extremadura, según el INE, se han multiplicado por cuatro, pasando de 9 casos en el 2015 a 35 en el 2020 y Repara tu deuda espera «un aumento considerable en el 2021 por afectados por la pandemia; para muchas personas es una gran solución y, en la mayoría de los casos, la única»