Jueces catalanes absuelven de forma reiterada a los ´top manta´
Exponen, al igual que la Audiencia, que se valen de este medio para subsistir.
El tribunal de la Sección Séptima de la Audiencia de Barcelona está absolviendo de forma reiterada a vendedores callejeros de CD y DVD por considerar que el top manta es "el último eslabón del comercio ilegal, a través de persona que solo buscan un medio de ganarse la vida". Este criterio se está extendiendo en los juzgados penales, según fuentes jurídicas.
La Asociación de Distribuidores e Importadores Videográficos de Ambito Nacional (ADIVAN) estima que estas resoluciones crean "una enorme inseguridad jurídica, por ir en una dirección contraria a la tomada por la mayoría de los jueces".
EL PERIODICO ha reunido seis sentencias dictadas por el tribunal de la Audiencia de Barcelona en las que absuelve a los vendedores callejeros de CD de música y DVD piratas y que han sido dictadas desde principios del 2006 hasta el pasado mes de septiembre. En estos fallos judiciales, se confirma la absolución dictada antes por un juzgado de lo penal, aunque añadiendo el matiz del último eslabón en el comercio ilegal, o se revoca la condena al imputado.
Fuentes jurídicas confirman que los defensores de los acusados de un delito contra la propiedad intelectual están utilizando estas resoluciones para pedir la exculpación de sus clientes. La fiscalía se ha mostrado en contra varias veces de los criterios de los jueces de la Sección Séptima
Este tribunal confirmó en febrero la absolución de un detenido por la venta ilegal de discos. Los magistrados alegan que solo son delito "las conductas graves, como la reproducción en masa de la obra o su distribución en grandes cantidades". La resolución agrega que "la venta callejera es el último eslabón del comercio ilegal y no tiene entidad suficiente para justificar la aplicación del derecho penal".
La sentencia destaca que la lucha contra la venta callejera, "por medio de personas que solo buscan una manera de ganarse la vida, ante la imposibilidad de otros medios más adecuados", no pasa por el derecho penal, sino por "la aplicación de normal de orden público".
En febrero, repitieron el argumento para ratificar la absolución de L. W. Y, que vendía CD de música. La sentencia cambia el redactado, aunque indice en que el derecho penal, "regido por los principios de intervención mínima", no puede entrar a condenar estas conductas. En abril, el tribunal volvió a tumbar los recursos del fiscal contra dos exculpaciones de top manta , pero, en esta ocasión, se remitió a fallos anteriores. Solo las infracciones más graves, tocas o groseras (reproducción en masa, venta de grandes cantidades) puede configurar delito", insisten.
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