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La resolución puede ser recurrida ante el Supremo

El Tribunal Superior de Navarra confirma la condena de 9 años de prisión para La Manada por abuso sexual

El Tribunal Superior de Navarra confirma la condena de 9 años de prisión para La Manada por abuso sexual

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado la condena de 9 años de prisión por un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento, impuesta por la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra a los cinco acusados de la violación grupal a una joven madrileña el 7 de julio de 2016 en Pamplona.

La resolución puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo, según el texto, que recoge que el pleno de la Sala de lo Civil y Penal del TSJN estima uno de los motivos de los recursos, en concreto respecto de la absolución de los inculpados del delito contra la intimidad, por la grabación parcial de los hechos.

La Sala ratifica la decisión de la Audiencia Provincial de dar verosimilitud a la declaración de la denunciante, principal prueba de cargo.

Por su parte, el abogado de la joven madrileña víctima en el caso de La Manada, Carlos Bacaicoa, se ha mostrado contrariado tras conocer la confirmación de la sentencia que condenó a los jóvenes sevillanos por abuso y no por agresión sexual, un fallo que no les agrada y que estudiarán recurrir.

"No nos agrada", así lo ha señalado Bacaicoa tras conocer que el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado la condena de 9 años de prisión por un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento impuesta por la Audiencia de Navarra a los cinco acusados de la violación grupal en Pamplona a una joven de 18 años en los Sanfermines de 2016.

Tras recordar que en su recurso instó a la condena por agresión sexual y no por abuso y, aunque ha advertido de que aún no había leído la sentencia con detenimiento, sí ha avanzado que estudiarán la interposición de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

En cualquier caso ha apuntado como favorable a sus posiciones que la sentencia del TSJN "nos concede uno de los motivos del recurso" al declarar la nulidad del procedimiento respecto a la absolución que la Audiencia Provincial hizo del delito contra la intimidad del que se acusaba a los jóvenes por la grabación parcial de los hechos.

Ahora "la Audiencia Provincial va a tener que pronunciarse sobre el delito contra la intimidad, y entendemos que lógicamente les condenará, lo que incrementará la pena" de los jóvenes sevillanos, que se encuentran en libertad tras cerca de dos años en prisión provisional.

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