La lucha de las mujeres abogadas, y también los letrados hombres, por la conciliación encuentra en pleno siglo XXI importantes obstáculos por la resistencia de algunos órganos judiciales en adaptarse a determinadas circunstancias que se dan por solventadas en la mayoría de las profesiones.

 Se trata de un asunto no poco habitual, que afecta principalmente a los trabajadores de la Abogacía que no pertenecen a grandes despachos, trabajan de forma independiente y no pueden ceder fácilmente sus asuntos a otros compañeros.

 Recientemente, la abogada madrileña Mónica Gil Rodríguez agradecía en redes sociales la intervención del Colegio de Abogados de Madrid en su caso, dada la situación en la que dejó el Juzgado de lo Social número 30 de Madrid al negarse a suspender el pasado 9 de septiembre una vista fijada seis meses antes por un tema de despido que coincidiría con la baja por maternidad de la letrada. Gil Rodríguez se preguntaba si la alternativa debería haber pasado obligatoriamente por haber informado a su cliente de su reciente embarazo por si no le quisiera contratar.

Gil, que en conversación con EL PERIÓDICO DE ESPAÑA, diario que pertenece a este grupo, Prensa Ibérica, recuerda que dio a luz el pasado 2 de agosto, solicitó la suspensión de un señalamiento fijado para el 15 de septiembre al juzgado de lo Social tras comprobar que esta fecha coincidiría con su baja por maternidad. El tribunal rechazó la petición alegando que “este tipo de procedimientos no puede quedar suspendido ‘sine die’” e instando a la abogada que acudiera a “los mecanismos legalmente previstos de sustitución entre letrados”.

"Ni leen el escrito de solicitud en el que se pedía al menos 40 días tras el parto para instauración de lactancia”, denunció en redes sociales. “Al parecer en marzo tenía que haberle contado a mi cliente mi embarazo por si no me quería contratar”.

Aplicación de la Ley de Igualdad

Tras serle notificado el rechazo a sus pretensiones, la abogada recurrió la decisión acordada por el Letrado de la Administración de Justicia (LAJ) del juzgado argumentando que su se encuentra amparada por la Ley de Igualdad efectiva, que dispone que el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres supone la ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo, y, especialmente, las derivadas de la maternidad, la asunción de obligaciones familiares y el estado civil".

También aludió en su recurso al artículo 14 de la Ley de Igualdad en su apartado 7 establece como criterio de actuación de los poderes públicos la protección de la maternidad y la asunción social de los efectos de parto.

"En una aplicación sistemática, coherente y consecuente de dicha Ley," añade la letrada, el supuesto de maternidad "debe interpretarse de forma amplia y no como una simple contingencia laboral de baja médica, o en su caso, quedar subsumido en las “situaciones análogas” a las que alude el mismo artículo y en el caso de “situación atendible” la propia Ley de Enjuiciamiento Civil.

 Añadía que el estado de maternidad posee una situación autónoma de protección en el convenio nº 103 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) así como en la Carta Social europea de Turín 1961, en las que se declara la protección especial de las trabajadoras en caso de maternidad; y que en el mismo sentido ha de estarse a lo que señalan distintas directivas europeas que promueven medidas de mejora seguridad y salud de trabajadoras embarazadas y regulan el permiso parental.

 El recurso insistía en que la solicitud de suspensión procesal que realizó su justificación en el estado de maternidad de la letrada directora del proceso, no produce una excesiva afectación a los derechos procesales de las partes y se solicita en términos de buena fe procesal.

 Finalmente el Juzgado accedió a aplazar el señalamiento al próximo mes de noviembre, si bien añadía que lo hacía "sin que haya lugar a más suspensiones". Gil Rodríguez agradeció la ayuda del Colegio en su caso y comentó en redes esta última coletilla: "No habrá más suspensiones, como si hubieran sido 15". “La lucha sigue hasta que se modifique e incluya expresamente la posibilidad de suspensión de las vistas por este motivo”, añadió .

Pero la cosa no terminó aquí, la parte contraria, que curiosamente es otra mujer, remitió un recurso al juzgado solicitando que estudiara si el comportamiento de Gil Rodríguez incurrió en mala fe procesal e incumplimiento de código deontológico, un asunto del que también ha informado al Colegio de Abogados. Esta misma semana la letrada respondió a su compañera con un escrito de alegaciones y está esperando respuesta.

También se ha puesto en contacto con la Comisión de Igualdad del Consejo General de la Abogacía que va a formular “las quejas correspondientes ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y la comisión de igualdad del Consejo General del Poder Judicial”, según informó este organismo en un comunicado subido a su página web.

Aumento de quejas, ausencia de ley

  Marga Cerro, de la Comisión de Igualdad del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) apunta, pese a la falta de estadísticas sobre este tipo de casos, que sí que han notado un aumento de quejas que llegan a este órgano tanto de abogadas y abogados sobre temas de conciliación. Lo que hacen desde allí es canalizarlas y actuar en nombre de aquellos que quieran para formalizar reclamaciones sobre sus casos particulares ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ); y si es posible se acude a la jurisdicción contencioso-administrativa.

  Estas quejas no han dado aún mucho resultado, ya que desde el órgano de gobierno de los jueces se limitan a señalar que no existe materia legal para actuar contra los jueces que adoptan estas decisiones desde el punto de vista disciplinario"Es la pescadilla que se muerde la cola", manifiesta Cerro, que apunta que desde hace más de un año la Abogacía Española reclama un cambio legal que permita aumentar el número de supuestos de causas lícitas de suspensión.

 El cambio puede estar cerca, pues el pasado 9 de junio el Pleno del Senado aprobó, con el único voto en contra en contra de Ciudadanos, tramitar una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) para incorporar la maternidad y la paternidad entre las causas de suspensión de juicio oral.

 El texto, impulsado por el grupo parlamentario Esquerra Republicana-EH Bildu, propone añadir a la norma un nuevo punto al artículo 746 de la LECrim, en el que se contemplan los casos para dichas suspensiones, y el tramo para la presentación de enmiendas al mismo concluyó el pasado 29 de septiembre.

Sensibilidad en el TSJ Balear

"Ahora estamos al albur de la empatía que tengan o no unos jueces o unos letrados de la administración de justicia", añade, salvando excepciones como la del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB), que firmó un protocolo de suspensiones "muy ambicioso" pero que no deja de ser un protocolo, lo que quiere decir que no es de obligado cumplimiento para los órganos judiciales.

Por ello, desde la Comisión de Igualdad del CGAE se insiste en la necesidad de avanzar en reformas legislativas que traten asuntos como el derecho a las bajas por maternidad y paternidad de las abogadas y abogados, "como cualquier trabajador", la desconexión digital y las vacaciones. Para ello comenzaron conversaciones con el Ministerio ya en la etapa de Juan Carlos Campo, que esperan que continúen con Pilar Llop.

Victoria Espejel, responsable del departamento de defensa de la Abogacía, explica a este periódico que desde su departamento se ocupan de dar trámite a este tipo de incidencias, ya que los juzgados muchas veces son reacios y piden a los letrados soluciones como ser sustituidos por compañeros que para algunos letrados y letradas no es posible. En primer lugar les asesoran sobre los pasos legales para la suspensión y, si hay empecinamiento por parte del juzgado intermedian, llamando directamente al órgano para encontrar una solución.

"Desde los colegios abogados reclamamos modificaciones legislativas" comenta la letrada, recordando un caso extremo en el que un abogado solicitó suspender una vista porque acababa de enterrar a su esposa "y le resolvieron diciendo que qué mejor ayuda que el trabajo". Por el momento, y mientras se reforma o no la Ley, en el Colegio de Abogados de Madrid trabajan en un protocolo que establezca soluciones a los casos más habituales del que ya se ha dado traslado al Tribunal de Justicia de Madrid (TSJ).