El Juzgado Unico de lo Penal de Cáceres ha absuelto en sentencia hecha pública recientemente al dueño del pub Barroco, David V. G., y a dos trabajadores del local de un delito de lesiones en la persona de Agustín B. C.

Los hechos se remontan al 13 de mayo del 2007, sobre las 2.30 horas, cuando Agustín B. C. intentó entrar en el local, situado en la plaza de Albatros. El portero del local, Jesús R. V., le negó la entrada, tal y como reconoció en el juicio, alegando motivos de seguridad.

Agustín B. C. sufrió esa noche una herida contusa en la ceja derecha, y el Ministerio Fiscal consideró responsables de la misma al portero, a otro trabajador del local de nombre Ramón O. R. y al dueño del establecimiento. Para cada uno de ellos pedía dos años de prisión.

El juez de lo Penal recoge en su sentencia que durante el juicio, el perjudicado --que llegó al hospital en el que fue atendido de sus heridas con una fuerte intoxicación etílica-- no pudo reconocer si las personas que le pegaron eran los tres acusados presentes en la sala. Por ello, el juez considera que "no se disponen de pruebas con el suficiente grado de certeza para desvirtuar la presunción de inocencia", y en aplicación del principio in dubio pro reo (en la duda a favor del reo) decreta la absolución.